Economía

El SEPE sancionará con un 20% los cobros indebidos por ERTE: cómo y cuándo devolverlo

El dinero debe devolverse en 30 días para no ser multado. El Servicio Público de Empleo Estatal está reclamando por error algunas prestaciones

  • El SEPE sancionará con un 20% los cobros indebidos por ERTE: cómo y cuándo devolverlo.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene un nuevo problema al que enfrentarse. Junto al retraso de los pagos del ERTE, ahora se suma un problema informático, según han señalado, por el que trabajadores en Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE), a consecuencia de la pandemia del coronavirus, habrían cobrado más dinero del que les correspondía. 

El SEPE sancionará con un 20% a los trabajadores en ERTE que no devuelvan el dinero de su prestación por desempleo cobrada de manera indebida. 

Este sería el caso de una persona que está cobrando la prestación por desempleo ERTE derivada del coronavirus y recibe alguna otra ayuda, el SEPE descontará la cantidad cobrada de manera indebida. 

Este problema se debe al exceso de trámites de expedientes de ERTE recibido en el SEPE por parte de las empresas y a que muchos trabajadores volvieron a su empleo antes de que llegara la notificación de regulación y han cobrado una prestación por desempleo que no les corresponde.

Cómo devolver el cobro indebido del ERTE

Estos trabajadores a los que por error se les ingresó más dinero del que deberían estar cobrando, recibirán una carta con el aviso en su domicilio o una notificación del SEPE que aparecerá en la Sede Electrónica de la página web en la que vendrá indicada la cantidad de dinero a reclamar y un número de cuenta perteneciente al Banco de España en el que depositar la cuantía.

El plazo máximo para efectuar la devolución es de 30 días. En caso de no hacerlo en ese plazo, se le aplicará una multa con recargo del 20% sobre el importe del cobro indebido.

Una vez que se ha comprobado que los datos de la notificación son correctos, en el concepto del ingreso se debe especificar: Devolución de la prestación del SEPE para trabajadores en ERTE, además del DNI y el nombre completo.

Además hay que confirmar y comprobar que el SEPE tiene todos los datos del trabajador y mandar una copia de las operaciones de la transferencia realizada a la dirección de email que aparece en la misma carta y que pertenece al SEPE. En este caso, debe acabar en @sepe.es.

Se puede fraccionar la deuda 

El SEPE ofrece la posibilidad de fraccionar o aplazar el pago de la deuda por cobro indebido que como mucho será de cinco años, no pueden ser más de 60 mensualidades. Para ello, hay rellenar un escrito en el que se solicite el pago en mensualidades. Además, hay que justificar que no puedes pagar de golpe la cantidad exigida.

Sin embargo hay que tener en cuenta que estos cargos fraccionados en mensualidades cuentan también con un recargo, en este caso es de 3,75%.

Si se acrediten causas de carácter extraordinario podrá concederse un aplazamiento por un periodo superior a esos cinco años. El trabajador deberá exponer en su solicitud los motivos por los que solicita el aplazamiento de la deuda, de forma que el SEPE pueda valorar su situación económico-financiera y demás circunstancias concurrentes.

Si el trabajador no realiza la devolución y después recibe algún tipo de prestación por desempleo, el SEPE llevará a cabo la compensación del cobro indebido con la prestación, independientemente de que se le haya concedido el aplazamiento o fraccionamiento, según viene indicado en la página del SEPE.

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