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Los tribunales dinamitan los planes de El Corte Inglés para ampliar tres de sus centros

La Justicia ha vuelto a tumbar planes de la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid en materia urbanística. En este caso, el afectado colateral ha sido El Corte Inglés, que ve cómo su estrategia de incrementar la edificabilidad de tres de sus centros comerciales (Serrano, Méndez Álvaro y Campo de las Naciones) queda en suspenso por los tribunales, concretamente por el Superior de Justicia de Madrid, que ha estimado un recurso presentado contra la modificación del Plan General de Urbanismo que permitía la expansión de los citados centros. 

  • Fachada de un centro de El Corte Inglés.

Varapalo judicial a tres bandas: Comunidad y Ayuntamiento de Madrid y El Corte Inglés.  El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado el recurso presentado en su día contra la decisión del consejo del Gobierno autonómico de aprobar la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Madrid que permitía a El Corte Inglés incrementar la edificabilidad de tres de sus centros comerciales a cambio de la cesión de una serie de parcelas propiedad del grupo de distribución.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli y que consta de 21 páginas, declara nula la modificación al estimar dos de los motivos con los que un particular articulaba el recurso contencioso-administrativo que presentó. El primero de ellos se refiere a la obligación de reservar plazas de aparcamiento en función de los metros cuadrados edificables de que conste la modificación, un aspecto que ni siquiera se contemplaba en el plan aprobado por la Comunidad de Madrid.

El segundo tiene que ver con los argumentos presentados en su momento para justificar tanto el incremento de edificabilidad como la cesión de los terrenos por el grupo de distribución. El TSJM señala que en la memoria que se acompaña a la propuesta de modificación del PGOU no figura ningún estudio técnico que ilustre las “necesidades comerciales que acucian a los antiguos ámbitos en los que se ubicaban los tres centros comerciales ya existentes” (los de Serrano, Campo de las Naciones y Méndez Álvaro).

En concreto, la memoria del proyecto señalaba que el centro situado en el número 47 de la calle Serrano (que se pretendía ampliar en 6.500 metros cuadrados) se encuentra en “un entorno de innegable prestigio comercial”, lo que justificaba la petición de ampliar su edificabilidad.

Para el centro de Méndez Álvaro (que se incrementaría en 7.500 metros cuadrados), situado en la calle de la Retama número 8, el argumento era el “gran desarrollo terciario y residencial en torno a la Estación Sur”, mientras que para el de Campo de las Naciones (en Avenida de los Andes 50, con una ampliación de 11.300 metros cuadrados), la justificación era similar: “se ha incrementado la actividad residencial, empresarial y turística”.

Sin base técnica

Sin embargo, todos estos factores que motivaban el incremento de edificabilidad de los centros no se refuerzan con el correspondiente estudio técnico y lo mismo sucede con los terrenos que El Corte Inglés cedía a las Administraciones Públicas como contrapartida.

Teóricamente, el situado en la calle Peyre (5.544 metros cuadrados), que cambiaría su uso residencial por el de zonas verdes, paliaría el déficit del Distrito de Salamanca en este punto. Pero la sentencia del TSJM considera que “tampoco se establece que con la creación del área se haya solventado el problema que se abatía sobre la calle Peyre”.

El otro terreno que cedería El Corte Inglés, en la Avenida Gran Vía del Este (10.524 metros cuadrados), transformaría su uso terciario comercial y de oficinas para pasar a ser zona verde y dotación de uso y dominio público para cubrir las teóricas carencias de dotaciones públicas del Distrito de Vicálvaro. El fallo del TSJM sentencia que no queda explicado cómo se soluciona el citado déficit y va más allá: “de hecho, ese déficit no se compadece con estudio alguno”.

No obstante, la sentencia del TSJM no estima todos los motivos para el recurso. En algunos considera que la actuación de las Administraciones y El Corte Inglés ha sido correcta y procede a desestimar motivos como el que señalaba que la superficie de los terrenos cedidos era insuficiente o el que dudaba de la legalidad del acuerdo alcanzado por el grupo de distribución y el Ayuntamiento de Madrid para tratar de sacar adelante la modificación urbanística.

Comenzó con Gallardón como alcalde

El inicio del proyecto data de diciembre de 2009, cuando El Corte Inglés presentó por escrito al Ayuntamiento de Madrid, al frente del cual se encontraba entonces el actual ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, un estudio sobre la posibilidad de ampliar la edificabilidad de tres de sus centros a cambio de terrenos de su propiedad.

En mayo de 2010, el Ayuntamiento aprobó inicialmente la modificación gracias a la mayoría absoluta del PP, con la oposición de PSOE y UPyD y la abstención de IU,  y en enero de 2012 fue el consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el que aprobó definitivamente la modificación del PGOU de Madrid.

Ahora, la pelota está en los tejados del Ayuntamiento, la Comunidad de Madrid y El Corte Inglés, que tendrán la oportunidad de presentar un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

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