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Revés judicial en Bankia: anulan la venta de subordinadas por poco transparentes

Un juzgado mercantil de Madrid ha declarado nulas "las condiciones generales" de contratación de la deuda subordinada comprada por un grupo de minoristas.

  • Sede de Bankia, en Madrid.

Bankia ha sido condenada a devolver su inversión, más intereses, a un grupo de 141 minoristas que compraron diversas emisiones de deuda subordinada de la antigua Caja Madrid. Una sentencia de este pasado lunes del Juzgado de lo Mercantil Nº7 de Madrid ha emitido una sentencia en la que declara "la nulidad de las condiciones generales de la contratación" relacionadas con este producto financiero de alto riesgo. El fallo responde a una demanda colectiva iniciada por Adicae, que agrupó a decenas de afectados.

El juez considera probado que Caja Madrid (de la que es responsable su heredera, Bankia) no cumplió con su deber de transparencia en el momento de la comercialización de estas subordinadas. La entidad cumplió con los requisitos formales exigidos por la CNMV, si bien el magistrado encuentra, a la luz de la reciente jurisprudencia del Supremo, que la exigencia de transparencia para con los inversores minoritarios ha de ser mayor aún, toda vez que se ha de poder demostrar que éstos han entendido el alcance y las consecuencias de las claúsulas adheridas a sus contratos de compra.

"El control de esa transparencia es más acuciante todavía cuando como en el presente caso nos encontramos ante una emisión de obligaciones dirigida a miles de clientes, la mayoría de ellos sin conocimientos suficientes para entender las características del producto que contrataban", tal y como refleja la sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli. Es precisamente en estas cláusulas donde el juez considera que Caja Madrid no cumplió con su deber, toda vez que aplicó de forma poco transparente unas condiciones generales de contratación abusivas.

Al tratarse de una demanda colectiva y al resolver sobre las condiciones generales de la contratación, los representantes de Adicae consideran que esta sentencia abre la puerta a una nulidad completa de toda la comercialización de deuda subordinada entre clientes minoristas por parte de Caja Madrid.

"El fallo va mucho más allá de las subordinadas al cuestionar la contratación masiva de este tipo de productos tóxicos, y determinar la nulidad de gran parte de las condiciones generales aplicadas en los contratos suscritos por Bankia, al margen de la cualificación, experiencia o conocimientos del consumidor", señalan desde la asociación de usuarios de banca, que ven aquí una puerta abierta a una generalización de las nulidades en todo tipo de escándalos financieros.

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