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Los exdirectivos de CAM fijaron sus prejubilaciones en base a balances manipulados

Según la fiscalía, en un escrito remitido a la Audiencia Nacional, pudo haber irregularidades contables durante los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011.

  • El expresidente del Consejo de Administración de la CAM Modesto Crespo.

Algunos exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) cobraron las prejubilaciones basando su cálculo en los resultados de las cuentas de la entidad que no reflejarían su situación económica real, ya que pudo haber irregularidades contables durante los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011, según la fiscalía.

El fiscal que interviene en la causa abierta en la Audiencia Nacional contra la antigua cúpula de la CAM expone este asunto en un escrito remitido a la Audiencia Nacional al aludir al pliego de cargos del expediente del Banco de España y al escrito de la auditoría PriceWaterhouseCoopers (PWC) sobre la gestión de la entidad.

La fiscalía señala que, del expediente del Banco de España, "claramente se desprende que una de las principales imputaciones que se hace a los antiguos directivos de la CAM es la de haber elaborado una información contable que no reflejaba la situación económica real de la entidad", lo cual en principio "podría ser constitutivo de un presunto delito previsto en el artículo 290 del CP" (Código Penal).

Para el fiscal, las supuestas irregularidades contables estarían "estrechamente" relacionadas con el cobro por parte de algunos empleados y directivos de la CAM de determinadas cantidades de dinero en concepto de prejubilación

Expone que el escrito presentado por la CAM, que hace suyas las conclusiones del informe de PWC sobre "Análisis de Estados Financieros", concreta que "tal falsedad se habría producido al presentar las cuentas anuales de la CAM correspondientes al año 2010".

También se habría producido en "los estados financieros cerrados a 31 de marzo, elaborados por la directora general, y una posterior propuesta cerrada a 30 de junio de 2012, presentada por el director de Planificación y Control, y que fue rechazada" por los administradores provisionales designados por el Fondo de Reordenación Ordenada Bancaria (FROB), añade.

En su escrito, al que ha tenido acceso Efe, el fiscal dice que "la principal causa de la imagen distorsionada de la entidad que ofrecían las cuentas de 2010 habría estado en las operaciones de titularización realizadas por la CAM durante ese año". Un extremo, apunta, en el que coinciden tanto el informe de PWC como el pliego de cargos del expediente sancionador del Banco de España.

"Este último, no obstante, no limita las irregularidades contables al año 2010, sino que refiere otras 'prácticas contables irregulares desarrolladas por la CAM que (...) han tenido como efecto alterar su realidad financiera y patrimonial durante los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011'", indica. En particular, expone, "el indebido pase a fallidos de determinados activos, o la incorrecta rehabilitación de activos fallidos y dudosos".

Irregularidades vinculadas a las prejubilaciones

Para el fiscal, estas supuestas irregularidades contables estarían "estrechamente" relacionadas con el cobro por parte de algunos empleados y directivos de la CAM de determinadas cantidades de dinero en concepto de prejubilación. "En la medida en que su cálculo se basaba en los resultados reflejados en las cuentas de la entidad, no deberían haberse pagado", señala.

Por otra parte, solicita como medida cautelar la anulación de los acuerdos firmados por el expresidente del Consejo de Administración de la CAM Modesto Crespo y los exdirectores generales Roberto López Abad y Dolores Amorós -los tres imputados en la causa que sigue la Audiencia Nacional- que dieron lugar a "la ampliación de la cobertura de la prestación adicional asegurada".

El ministerio público justifica esa medida al alegar que "existen sólidos indicios de que dichos acuerdos fueron fraudulentamente antedatados y no fueron aprobados por el Consejo de Administración". Igualmente, el fiscal se refiere en su escrito a la emisión de las cuotas participativas de la entidad y propone que se investigue este asunto como pieza separada pero dentro del procedimiento que se sigue en la Audiencia Nacional, al entender que la forma en que se comercializaron esos productos podría ser constitutiva, en principio, de un presunto delito de estafa.

Aduce que los exdirectivos de la CAM habrían comercializado determinados productos financieros, en particular las denominadas cuotas participativas, "sin haber proporcionado a los adquirientes una información veraz sobre la verdadera naturaleza del producto y sin haberles advertido de los riesgos que conllevaba su adquisición".

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