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Otra chapuza del PP: la ley de Hidrocarburos elimina, pero mantiene, una norma fantasma

Iba en el artículo 42 de la Ley, pero a su paso por el Senado fue eliminada, aunque sólo a medias. El PP retiró la exigencia de una "garantía" financiera para los nuevos operadores al por mayor, pero la ha mantenido en el preámbulo de la norma, que ya está en el BOE y tendrá que ser corregida.

  • José Manuel Soria, ministro de Industria y Energía.

La Ley del Sector de Hidrocarburos (LSH), recién modificada y cuyo nuevo texto apareció publicado en el BOE el pasado 22 de mayo, tendrá que ser corregida en los próximos meses.

La descoordinación entre el grupo parlamentario popular y el Gobierno a la hora de sacar adelante la nueva norma ha provocado que una medida que iba incluida en el artículo 24 y fue eliminada a última hora en el Senado, haya salido finalmente publicada, pero en el preámbulo de la Ley.

A propuesta del sector petrolero, el Ministerio de Industria y Energía introdujo en el artículo 24 la obligación de constituir una “garantía” financiera para todos aquellos nuevos operadores al por mayor que quisieran entrar en el mercado, como una medida de salvaguarda que permitiera ejecutar esta especie de depósito en caso de incumplimiento de actividad o fraude en el pago del IVA u otros impuestos.

La medida era bien vista por todo el sector y por el Departamento que dirige José Manuel Soria, pero a ojos de la Oficina Económica de Presidencia del Gobierno, que dirige Álvaro Nadal, suponía una traba adicional a la competencia en un mercado como el de las gasolinas.

Nadal impuso su criterio al Grupo Popular y en pos de una mayor liberalización del sector, eliminó esta garantía previa para dar más facilidad a la llegada de nuevos operadores al por mayor.

Según el sector, la Oficina Económica de Moncloa impuso sus tesis y obligó a eliminar la garantía que había sido consensuada entre Industria y las compañías petroleras

La norma salió del artículo 24 al ser modificado. Pero a los populares se les olvidó corregir el texto completo y la medida queda recogida en el preámbulo de la Ley (ver página 42).

 “Se estima oportuno como forma de asegurar la existencia de una capacidad económica por parte de los operadores al por mayor, y como forma de comprobarla, que junto a la declaración responsable se aporte el resguardo de haber constituido una garantía ante la caja general de depósitos que podrá ser ejecutada en caso de incumplimiento de su actividad, como en los supuestos de fraude. Esta medida se ha revelado necesaria ante los frecuentes incumplimientos que han derivado en consecuencias no solo de índole económica, sino en materia de competencia y de observancia de las normas tributarias. Este requisito será exigido únicamente a nuevos operadores, sin perjuicio de la obligación de los existentes de cumplir los requisitos de capacidad técnica y económica vigentes”, reza el texto definitivo del preámbulo.

Una chapuza en toda regla”, señalan fuentes del sector, muy críticas con la decisión de última hora del Gobierno de no introducir una “autorización administrativa y financiera” para actuar contra aquellas compañías que lleguen al mercado con intereses fraudulentos.

Sin esta salvaguarda, es más fácil que lleguen al sector nuevos operadores que tengan más fácil defraudar el IVA o no cumplir con las exigencias de su actividad

Estas mismas fuentes critican la doble moral del Ejecutivo, que por un lado trata de evitar el fraude fiscal en el sector de los hidrocarburos pero, por otro, “se deja llevar por las posiciones más liberales de la Oficina Económica y permitirá la llegada de nuevas compañías y algunas de ellas, al no tener garantía financiera, podrían dejar de pagar sus impuestos al fisco”.

El preámbulo, sin validez legal sobre esta medida porque no está recogida en el articulado, ya lo deja entrever: “Este requisito será exigido únicamente a nuevos operadores, sin perjuicio de la obligación de los existentes de cumplir los requisitos de capacidad técnica y económica vigentes. Asimismo, se introduce con el mismo objetivo la posibilidad de inhabilitar temporalmente a los operadores de productos petrolíferos para actuar como tales durante la instrucción de los expedientes sancionadores relativos, entre otros, a fraude fiscal.

Según las fuentes jurídicas consultadas, el Gobierno tendrá que corregir el desliz para que la medida también desaparezca del preámbulo de la Ley.

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