Banco Santander ha decidido poner en marcha, pese a no tener obligación legal alguna, una acción
comercial para aportar una solución a clientes minoristas que adquirieron acciones y/o determinadas
obligaciones subordinadas de Banco Popular y se han visto afectados por la resolución de Banco
Popular, decidida por las autoridades europeas el pasado 6 de junio y han perdido el valor de la
inversión.
La acción excluye a inversores institucionales y va dirigida exclusivamente a clientes minoristas
(personas y empresas) que hubieran adquirido acciones en el periodo comprendido entre el 26 de
mayo y el 21 de junio de 2016 y/o obligaciones subordinadas computables como tier 2 de las
emisiones de 29 de julio de 2011 y 14 de octubre de 2011 (códigos ISIN ES0213790019 o
ES0213790027) de Banco Popular y, en ambos casos, las mantuvieran depositadas en alguna de las
redes del Grupo Popular en España o de Banco Santander en el momento de la resolución.
La oferta consiste en la entrega al cliente, sin desembolso alguno por su parte, de bonos (“bonos de
fidelización”) que darán derecho a un cupón efectivo discrecional y no acumulativo a un tipo interés
nominal anual del 1% pagadero trimestralmente. Serán obligaciones perpetuas emitidas por Banco
Santander, con 100 euros de valor nominal, y que se podrán amortizar a partir de los siete años a
voluntad de Banco Santander, previa autorización del Banco Central Europeo. Cuando se produzca su
amortización, el titular recibirá el 100% del valor nominal del bono de fidelización.
Equivalencia en el importe a entregar
El importe nominal máximo a entregar de estos valores negociables será, en el caso de las acciones, y
con determinados límites, el equivalente a la inversión realizada por cada cliente en el citado periodo.
En el caso de las obligaciones subordinadas, será la diferencia entre el importe invertido en estos
títulos menos los intereses percibidos. En ambos casos, tienen que haberlas mantenido depositadas
en el Grupo Popular o Santander en la fecha de la resolución del banco y el importe a entregar
dependerá de la inversión que realizaron. Los que invirtieron hasta 100.000 euros recibirán la
totalidad; para el tramo entre 100.000 y 500.000, el 75%; y para el tramo entre 500.000 y un millón,
el 50%. Todas estas cantidades son acumulativas.
Se estima que el valor nominal máximo a emitir de “bonos de fidelización” será de aproximadamente
980 millones de euros.
El 99% de los clientes y empleados de Banco Popular que compraron acciones de la entidad entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016 realizaron inversiones inferiores a 100.000 euros, por lo que gran mayoría recibirá bonos por el importe total que invirtió. Rodrigo Echenique, presidente del Banco Popular y vicepresidente del Grupo Santander, señala:
“En reconocimiento a la lealtad de los clientes que invirtieron en Banco Popular, hemos querido poner en
marcha esta acción voluntaria con el fin de reforzar nuestra relación con ellos, responder lo mejor
posible a sus necesidades financieras y seguir adelante con el trabajo de integración que tenemos por
delante”.
Quedan excluidos de esta acción comercial los miembros del consejo de administración de Banco
Popular hasta su resolución, las personas vinculadas a dichos consejeros y los accionistas que,
individual o concertadamente, hayan tenido participación significativa en Banco Popular declarada en
la CNMV.
El coste máximo derivado de esta acción de fidelización en el momento de su concesión se estima en
aproximadamente 680 millones y no tendrá impacto en la cuenta de pérdidas y ganancias ni impacto
adicional en el capital, al haberse incluido en los ajustes de primera consolidación de Banco Popular.
El banco ha tomado esta decisión dadas las excepcionales circunstancias que concurren en este caso y
sobre la base de razones estrictamente comerciales, con el fin de reforzar la relación con los clientes,
en un ejercicio de compromiso y de apuesta por profundizar la relación a largo plazo con ellos y de
responder a la manera de hacer las cosas del Grupo Santander.
Registro de términos
Banco Santander registrará próximamente un folleto en la CNMV en el que se recogerán, con detalle,
todos los términos de esta acción, así como los plazos y procedimientos para participar en la misma.
Para beneficiarse de estos bonos de fidelización, los clientes tendrán que renunciar a emprender
acciones legales contra Grupo Santander, sus administradores, directivos y empleados. Además,
tendrán que mantener, cuando se entreguen los bonos de fidelización, una relación comercial
equivalente con el banco a la que tenían en el momento de adquisición de las acciones o de las
obligaciones subordinadas.
La operación está sujeta, en todo caso, al efectivo registro del folleto informativo en la CNMV y a la
autorización por las autoridades de Defensa de la Competencia de la adquisición de Banco Popular
por Banco Santander.