El Instituto Nacional de Estadística (INE) tiene una relación “tormentosa” con los sindicatos. Asimismo lo definen los representantes de los trabajadores en el organismo, al que han tenido que denunciar en varias ocasiones por el trato ofrecido a sus trabajadores y por modificar sustancialmente las condiciones de trabajo con “mala fe”, tal y como ha dictaminado el propio Tribunal Supremo.
El pasado 30 de junio el Juzgado de lo Social número 7 de Valencia condenó al INE a abonar 37.791 euros (25.000 euros por daños morales y 12.791 euros como retribuciones) a una mujer a la que discriminó laboralmente por razón de maternidad. Además, tuvo que abonar las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes.
La mujer, que estaba en paro y no cobraba prestaciones, se presentó a un proceso selectivo del INE en el que se ofertaba una plaza de interinidad en la Delegación Provincial de Valencia para cubrir una baja. Fue la primera de la oposición, con una puntuación de 90,89 puntos. Cuando se pusieron en contacto con ella, notificó que no podía incorporarse porque había sido madre, pero que no renunciaba a la plaza y pedía su reserva.
El INE contrató a la siguiente en la oposición alegando que necesitaba cubrir el puesto de forma inmediata
Sin embargo, el INE contrató a la persona que obtuvo la segunda mejor puntuación alegando que, al ser un contrato de interinidad para sustituir a una persona que estaba de baja por incapacidad temporal, el contrato debía realizarse "de manera inmediata". La afectada presentó una demanda a través del sindicato CC.OO. al considerar que el INE había vulnerado su derecho a no ser discriminada por razón de sexo. Tras analizar los hechos, el Juzgado dio la razón a la afectada.
Desde UGT, el portavoz en el INE, Luis Álvarez Fernández, ha relatado a Vozpópuli otro caso de junio de 2015, cuando el INE despidió a una trabajadora en Madrid alegando causas sobrevenidas de incapacidad y pagando una indemnización (financiada con fondos públicos) de 21.000 euros. Según el INE, el problema visual de la afectada podía suponer un peligro para ella misma y para sus compañeros en caso de emergencia.
En este caso la afectada no quiso demandar, pero el comité de empresa de Madrid sí denunció el caso ante la Inspección porque el INE no había informado a los representantes de los trabajadores del despido. A raíz de esta demanda, Inspección ha obligado al INE a informar en plazo de cualquier caso similar.
En Zamora también despidieron a una trabajadora alegando que no había superado el periodo de prueba aunque llevaba más de 20 años en la administración
Y hay otro caso similar en la Delegación de Zamora, tal y como relata el representante de UGT. Una mujer que trabajaba en el INSS sacó una plaza de promoción interna. Cuando se incorporó a la Delegación del INE pidió una reducción de jornada para el cuidado de hijos y a los pocos meses el INE la despidió alegando que no había superado el periodo de prueba, a pesar de que llevaba más de 20 años trabajando en la administración.
En este caso, la afectada tampoco quiso denunciar el caso porque tenía la opción de volver a su antiguo puesto, aunque perdía la oposición y una mejora salarial de 200 euros. Aun así, el sindicato llevó el caso a la mesa de la función pública y finalmente consiguió que se eliminaran los periodos de prueba en toda la administración.
En la Delegación de Cantabria, un hombre también pidió la reducción de jornada para el cuidado de hijos y se la denegaron. Denunció y el Juzgado de lo Social número 5 de Santander le dio la razón y obligó al INE a permitir al demandante la reducción, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. UGT celebra este tipo de casos, pero recuerda lo difícil que es para los trabajadores tener que recurrir a la vía judicial para obtener sus derechos y volver después a la oficina a trabajar con ellos.
Demandas por cambios en las condiciones laborales
Además, Álvarez sostiene que la Justicia también les ha dado la razón al demandar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo en el año 2015 (sentencia del Supremo tras el recurso que presentó UGT contra la sentencia de la Audiencia Nacional) y también en el año 2016. En este último caso la demanda se ganó directamente en la Audiencia Nacional “por mala fe” en la negociación por parte del INE.
El portavoz de UGT demanda también la mala gestión del INE derivada de la negativa a solicitar cobertura de plazas del personal para la recogida de datos a pesar de que este año los Presupuestos Generales del Estado permiten una tasa de reposición del 50%. En cambio, el INE ha preferido externalizar el servicio de encuestas alegando que carece de medios para llevarlas a cabo y por un valor aproximado de unos 8 millones de euros.