Economía

Calviño da 30 días a Montero para tener listo el fondo de salvación de empresas

La Sociedad Española de Participaciones Industriales gestionará un fondo con 10.000 millones de euros para apoyar "empresas solventes consideradas estratégicas"

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El Ministerio de Hacienda dirigido por María Jesús Montero tiene 30 días, a contar desde hoy, para poner en marcha el fondo de 10.000 millones de euros creado para apoyar a empresas estratégicas solventes, y que gestionará la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI).

El Ministerio de Economía de Nadia Calviño, de acuerdo al contenido del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 2020, publicado hoy viernes en el BOE, mandata "al Ministerio de Hacienda para que disponga lo necesario, internamente o a través de SEPI, para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente Acuerdo asegure la puesta en marcha efectiva del Fondo".

La creación del nuevo fondo, anunciado hace unas semanas por el Gobierno, tiene por objeto "compensar el impacto de la emergencia sanitaria en el balance de empresas solventes consideradas estratégicas para el tejido productivo y económico nacional o regional (...)". Las ayudas contempladas en el acuerdo podrán otorgarse hasta el 30 de junio de 2021.

España deberá informar una vez al año a la Comisión Europea sobre la gestión del fondo

La Sepi tendrá que informar cada mes al Ministerio de Hacienda de las operaciones del Fondo. Y el Estado informará anualmente a la Comisión Europea sobre la aplicación del calendario de reembolsos y el cumplimiento de las condiciones establecidas sobre gobernanza y mantenimiento de competencia.

Para operaciones por encima de 250 millones de euros, el informe incluirá información sobre condiciones específicas. "Con el fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación, Sepi elaborará un informe de carácter anual que será presentado a Consejo de Ministros y comunicado a la Comisión Europea".

El Estado podrá capitalizar deuda de la compañía en particular y convertirse en accionista. "Si la participación en el capital social con cargo al Fondo, transcurridos seis años desde la aportación de capital, no se hubiera reducido por debajo del 15 % de los fondos propios del beneficiario, el Estado presentaría a la Comisión, para su aprobación, un plan de reestructuración que cumpla con lo establecido en las Guías para el Rescate y la Reestructuración".

La empresa beneficiaria podrá en todo momento recomprar la participación adquirida por el Estado

El montante del reembolso por la participación en el capital social con cargo al Fondo se incrementará en al menos un 10 %, pagadero en deuda o instrumento equivalente, si transcurridos cinco años desde la aportación de capital, no se ha reducido al menos en un 40 % la cuota de participación inicial. 

La empresa beneficiaria tendrá en todo momento la posibilidad de recomprar la participación en el capital que el Estado haya adquirido o de amortizar anticipadamente los préstamos e instrumentos híbridos concedidos o suscritos por el Estado, así como las remuneraciones devengadas, en las condiciones que se determinen en cada caso.

La Sepi, el Consejo Gestor del fondo, "podrá libremente acordar la cesión a un tercero de los títulos y derechos en que se materialicen las operaciones financiadas con cargo al Fondo, a través de un procedimiento abierto a compradores potenciales, asegurando la igualdad de trato, o mediante la venta en un mercado organizado". Podrá ofrecer preferencia en la adquisición a los socios o accionistas de la empresa.

Limitaciones

El acuerdo para la constitución del nuevo fondo contempla limitaciones para las empresas que reciban su apoyo.

Mientras no se haya amortizado al menos el 75% de las medidas de recapitalización en el contexto de la covid-19, se impedirá a la empresa beneficiaria adquirir participaciones superiores a 10% de empresas activas en el mismo sector "o en  mercados ascendentes o descendentes, salvo que el beneficiario no ostente la condición de gran empresa (...)".

Las compañías que cuenten con apoyo del Fondo no podrán distribuir dividendos, abonar cupones no obligatorios o adquirir participaciones propias, salvo las de titularidad estatal.

La compañía no podrá "anunciar con fines comerciales el carácter de beneficiario". Tampoco se permite a las empresas agraciadas "practicar una expansión comercial agresiva financiada por las ayudas estatales ni asumir riesgos excesivos".

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