La factura por el rescate de las concesiones de autopistas de peaje que quebraron y fueron liquidadas amenaza con convertirse en una bola de nieve que se echará encima de las cuentas públicas. Con independencia de la cuantía en la que se fije la compensación a accionistas y acreedores de las sociedades, el Estado tendrá que afrontar una notable penalización debido al retraso que está acumulando a la hora de calcularla. El método aprobado por el Gobierno incluye el pago de intereses de demora que supondrán, al menos, 350 millones de euros adicionales.
La penalización definitiva dependerá de la cantidad en la que finalmente se fije la denominada responsabilidad patrimonial de la administración (RPA) y también del retraso que finalmente acumule el Estado para rematar el proceso. Sin embargo, a estas alturas ya es un hecho que la poca agilidad en la determinación de la compensación va a suponer un notable sobrecoste dentro de un proceso ya de por sí oneroso.
El Gobierno actual sostiene que la compensación no debe superar los 2.000 millones de euros, menos de la mitad de lo que reclaman accionistas y acreedores
El documento aprobado por el consejo de ministros a finales de abril (en su último encuentro antes de las elecciones generales) para establecer el método de cálculo de la RPA y publicado por la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, establece que la Administración dispone de un plazo de seis meses para determinar el valor de la indemnización en cada caso. Para compensar la reversión de la concesión, el Estado debe pagar a la sociedad el valor patrimonial de las inversiones realizadas en la autopista menos la cuota de amortización correspondiente, en función del tiempo que cada empresa concesionaria ha operado la autopista.
Plazo: seis meses
El plazo es de seis meses a partir de la emisión del auto judicial por el que la liquidación de la concesión es firme. En el caso de la mayor parte de la concesiones (a excepción de la AP-41 Madrid-Toledo), las resoluciones judiciales datan de los meses de febrero y marzo de 2018, de modo que el cálculo de la RPA tendría que haber estado listo en los meses de agosto y septiembre.
Sin embargo, no ha sido precisamente el caso. Es más, cuando está a punto de finalizar el mes de mayo de 2019, acaba de ser aprobado el método para calcular la compensación. Precisamente, este documento expone que en el caso de que se produzca un retraso en este punto, la RPA se verá incrementada con intereses de demora que abarcarán el periodo comprendido entre el fin del plazo para calcular la indemnización hasta la fecha de pago de la misma.
Toda vez que el Estado tiene un plazo de tres meses para efectuar ese pago desde que se fija la RPA, como mínimo el retraso que acumulará será de doce meses. La complejidad de la operación, una característica que incluso se menciona en la propia metodología, hace probable que la demora se vaya, como mínimo, hasta los 18 meses.
Intereses de demora
El cálculo de los intereses de demora se hace, con carácter general, con la referencia del "interés legal del dinero", que en la actualidad es muy cercano al 0%, lo que abarataría en gran medida el coste por el retraso de la RPA. Sin embargo, este criterio no es aplicable a todas las concesiones. Para cinco de ellas, rige lo contemplado en la Ley de medidas contra la morosidad, aprobada por el Gobierno en 2004, que establece un tipo igual al marcado por el Banco Central Europeo (BCE) en sus subastas más recientes incrementado en ocho puntos porcentuales.
Las autopistas que están en estas circunstancias son la circunvalación de Alicante, la M-12 (acceso a la T4 del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas), la AP-36 (Ocaña-La Roda), la Cartagena-Vera y la AP-41 Madrid-Toledo. En este último caso, el Gobierno aún está a tiempo de cumplir con el plazo para el cálculo de la RPA puesto que el auto de liquidación que devino firme data de febrero de este mismo año.
De este modo, aun en el caso de que la RPA no se vaya más allá de los límites máximos establecidos en los diferentes contratos de concesión (que suman algo más de 3.300 millones de euros), el Estado ya acumula unos 350 millones de intereses de demora.
La cifra podría ser aún mayor si los destinatarios de la RPA, accionistas y acreedores de las concesiones, logran su objetivo de sacar algo más de la Administración en este proceso. El Gobierno actual sostiene que la compensación no debe superar los 2.000 millones de euros, menos de la mitad de lo que reclaman accionistas y acreedores (la mayoría de estos últimos, fondos oportunistas), lo que aboca al proceso a un más que probable litigio.