La Federación Española de Fútbol (RFEF) tendrá que pagar una indemnización de casi 1,25 millones de euros a Mediapro por cometer abuso de la posición dominante en el concurso que convocó a mediados de 2019 para contratar el Servicio de Videoarbitraje (VAR), al incluir cláusulas en las bases orientadas a favorecer la “adjudicación a favor de una tercera empresa” en contra de las normas de defensa de la competencia, según informó ‘El Independiente’.
El periódico señala que el Juzgado de lo Mercantil 3 de Madrid estima la demanda interpuesta por el grupo que preside Jaume Roures y le reconoce el derecho a ser resarcida económicamente por los daños y perjuicios que le ha ocasionado la forma de actuar de la Federación. El fallo es recurrible ante la Audiencia de Madrid.
Recuerda que en febrero de 2018, la Federación y LaLiga firmaron un convenio para implantar de forma experimental el videoarbitraje en el campeonato nacional de Liga.
Posteriormente, la patronal designó como proveedor tecnológico del VAR a Mediapro hasta el 30 de junio de 2022. ‘El Independiente’ indica que el contratista se encargaría inicialmente de prestar los servicios tanto en los estadios de los clubes de Primera División como en las instalaciones de la RFEF, donde se habilitó un centro de video-operaciones (VOR).
Sin embargo, añade que ese acuerdo sólo se mantuvo una temporada y que el 15 de mayo de 2019 la Federación publicó en su web la convocatoria de un concurso para la prestación del servicio de asistencia al arbitraje a través de vídeo y la puesta a disposición de los equipamientos necesarios para el servicio. El contrato alcanzaba todas las competiciones oficiales desde la temporada 2019/20 a la 2022/23, diversas fases de la Copa del Rey, partidos de Segunda División y de la fase de ascenso, entre otros.
Asimismo, el periódico explica que la RFEF defendía que el contrato que había firmado Mediapro con la patronal en fase experimental sólo le unía por un año y que, transcurrido ese plazo, era libre para convocar un proceso de licitación y seleccionar a la empresa que considerara más conveniente. Fue lo que hizo la semana en que la temporada 2018/2019 llegaba a su fin. En julio de 2019, la Federación eligió a la empresa Hawk-Eye (Ojo de halcón) como prestataria del servicio hasta la temporada 2022-2023 en detrimento de Mediapro, que había pujado por el contrato con una oferta económica más ventajosa. “Esa era su baza para llevarse el encargo, pero la RFEF premió la experiencia de la compañía inglesa (proveedora de la UEFA y la FIFA)”, agrega la información de ‘El Independiente’.
Roures intepuso un nuevo pleito contra la RFEF argumentando que la Federación había rescindido unilateralmente un contrato que expiraba al término de la temporada 2021/2022, plazo que sólo se podía dar por concluido de forma anticipada en caso de mutuo acuerdo de las partes. El juez de lo Mercantil sí considera que esta actuación supuso un “perjuicio objetivo” a Mediapro. De ahí la condena de 1.249.897 de euros a la operadora, afirma la información del citado periódico.
Multa de protección de datos
Hace unas fechas se conoció que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso una multa por un total de 200.000 euros a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por ceder a determinados medios de comunicación parte de los audios de una reunión celebrada durante el confinamiento de la covid-19 en abril de 2020.
En una resolución, a la que tuvo acceso Servimedia, la AEPD asegura que la RFEF grabó "sin consentimiento" expreso de los participantes una reunión que se celebró el 7 de abril de 2020 con diferentes representantes deportivos para hacer un “seguimiento de la covid-19" y para tratar el impacto de pandemia en el fútbol. Entre los asistentes a este encuentro estaban el presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), David Aganzo, y el director adjunto a la presidencia de LaLiga, Carlos del Campo.