Economía

El think tank de CEOE, sobre el impuesto a los ricos: "Márketing político" para "acosar" a inversores

Un informe de siete catedráticos denuncia de forma unánime la inconstitucionalidad del impuesto y advierte de la fuga de inversores, entre ellos, latinoamericanos

  • La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.

El presidente del Instituto de Estudios Económicos, Íñigo Fernández de Mesa, ha presentado la Revista del IEE El Impuesto sobre las Grandes Fortunas. Un análisis académico y doctrinal de su inconstitucionalidad, elaborada por varios catedráticos, este lunes en CEOE. El IEE, junto con un equipo de catedráticos de Derecho Tributario y Hacienda Pública que han participado en este informe, denuncian de forma unánime la inconstitucionalidad del Impuesto Temporal de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas tanto por motivos de forma como de fondo. Desde IEE han advertido de que su impacto recaudatorio irá cayendo en el tiempo y podría ser negativo por las deslocalizaciones.

Juan José Rubio, catedrático de Hacienda Pública en la Universidad de Castilla-La Mancha, ha avisado de que el Gobierno ha dejado al margen el informe de los expertos y ha alertado sobre el riesgo de deslocalización generalizada de activos de alta movilidad como los financieros: "Va a afectar a la inversión de altos patrimonios que tienen depositado su capital en gestoras y fondos, de fácil movilidad en el caso de que haya fiscalidad diferenciada. Por ejemplo latinoamericanos", ha apuntado, lo que ha considerado un "problema enormemente grave". A su juicio, "la conjunción del impuesto con el incremento de los tipos de la base del ahorro pretende acosar a colectivos que tienen capacidad de generar ahorro e inversión".

Para Rubio, que cree que el impuesto tiene "visos de permanencia", es "márketing político", y ha advertido de que "no puede tener elemento finalista un intento de ordenar el sistema tributario de forma sui géneris". Falta colaboración institucional y corresponsabilidad fiscal, ha considerado, y de ahí la "acción y reacción" de la Comunidad de Madrid con su deducción del 20% en el IRPF.

El análisis concluye que los motivos de inconstitucionalidad de forma vienen dados por la tramitación del impuesto, de manera acelerada, limitando el debate parlamentario sobre el mismo, mediante una enmienda a otro proyecto normativo sin relación alguna, lo que está prohibido por el Tribunal Constitucional, así como por no respetar la reserva de Ley Orgánica al modificar la financiación de las Comunidades Autónomas.

En cuanto a la redacción del Impuesto, creen que también resulta contraria a la Constitución, en concreto a los principios de seguridad jurídica puesto que el texto de la enmienda sólo fue conocido a finales de noviembre del mismo año en el que entra en vigor. Adicionalmente, señalan que existe otro motivo de inconstitucionalidad de fondo ya que el impuesto es potencialmente confiscatorio, pudiendo generar imposiciones superiores al 60% de manera conjunta con el IRPF.

Los catedráticos añaden que el impuesto no respeta el principio de equidad, puesto que grava rendimientos que ya han pagado impuestos cuando se generaron, ni el de eficiencia económica ya que desincentiva el ahorro y la inversión, a la vez que favorece la deslocalización de los contribuyentes a otras jurisdicciones con fiscalidad sobre el ahorro más favorable.

"Fraude de ley"

Luis Manuel Alonso González, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Barcelona, ha destacado que "somos el único país con dos impuestos de patrimonio simultáneos, que ya hay con éste 25 impuestos estatales, y es la primera vez que se crea un impuesto con una enmienda en 40 días". Y ha subrayado que se ha actuado "en fraude de ley" en el ámbito de legislar se utilizando un medio no querido eludiendo los medios legales procedentes. "Se trataba de conseguir aprobación lo antes posible evitar una serie de controles y trámites previos, que pudiera estar vigente en 2022 evitando soslayar debate público y político", ha remachado.

César García Novoa, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Santiago de Compostela, ha considerado que "cuando se utiliza la potestad del Estado con pretendida finalidad armonizadora, debe hacerse mediante ley orgánica, no puede vulnerar la reserva de ley, debe hacer en la Lofca".

Javier Martín Fernández, catedrático de Derecho Financiero y Tributario  de la Universidad Complutense de Madrid, ha lamentado que se pogan trabas a las fortunas latinoamericanas. Martín ha avisado de que el cambio por el que los no residentes que no tributaban por inmuebles a través de una sociedad en España pasan a hacerlo "puede elevar bastante en la recaudación", tanto en Patrimonio como en grandes fortunas. Cree que el impuesto copia el de Patrimonio pero lo copia mal, y las diferencias entre residentes y no residentes no sólo pueden ser contrarias al Tribunal Constitucional sino al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

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