La contratación pública ha sido el principal nido de la corrupción durante las últimas décadas en España. Entre concesiones, adjudicaciones de obra pública y contratación de servicios se mueve alrededor de un 18% del PIB nacional. La nueva Ley de Contratos del Sector Público aprobada en noviembre por el Congreso de los Diputados y que entrará en vigor el próximo jueves pretende poner fin a las adjudicaciones 'a dedo' y sin publicidad y a los sobrecostes por las bajas temerarias que hacían las empresas para hacerse con los contratos.
Su objetivo es, además, lograr una mayor transparencia en los procedimientos mediante la digitalización de las licitaciones y poder frenar así que se produzcan casos de corrupción como Gürtel, Púnica, Lezo, Palau, 3%, Palma Arena, Acuamed, Brugal o Auditorio. La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) cifraba en un informe de hace dos años el coste de la corrupción en España en 48.000 millones de euros anuales para las arcas públicas (el 4,5% del PIB).
La nueva normativa transpone al ordenamiento jurídico español dos directivas europeas aprobadas en 2014, que España ha tardado casi dos años en adaptar ante el bloqueo institucional. Durante su trámite parlamentario, los grupos presentaron 1.081 enmiendas de las que fueron incorporadas o tomadas en cuenta casi un 90%. Tras un amplio debate a puerta cerrada en la Comisión de Hacienda, finalmente el texto fue aprobado con alto grado de consenso pese a las reticencias iniciales del PP, que pretendía aprobarlo sin apenas discusión y por procedimiento de urgencia. "Esta es una ley que han votado incluso los independentistas", bromeaba este mismo martes el titular de Hacienda, Cristóbal Montoro.
Cambio de paradigma
Varios expertos consultados aseguran que marcará "un antes y un después" tanto para las administraciones públicas como para las propias empresas. Algunos incluso hablan de un "cambio de paradigma". Otros, en cambio, critican que se mantenga una estructura demasiado compleja con 347 artículos y 53 disposiciones adicionales, 16 finales, cinco transitorias y una derogatoria.
Pero todos señalan como punto fundamental que a lo largo de sus casi trescientos folios se hable de manera explícita de la lucha contra la corrupción, en contraste con la anterior Ley 2007 y su Texto Refundido de 2011. Sobre este último es sobre el que se decidió construir la transposición por voluntad del PP, lo que ha impedido simplificar la norma, enfatizan miembros que han participado en el proceso de enmiendas.
"Los órganos de contratación deberán tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores", reza el artículo 64 del texto que entrará en vigor el próximo día 9.
Conflictos de intereses
Por otro lado, la norma también introduce el "principio de integridad" en su articulado. Y no es una referencia baladí, pues puede conllevar efectos jurídicos ya que se coloca al mismo nivel del resto de principios vinculados con la contratación pública.
Además, la nueva Ley hace especial hincapié en los conflictos de intereses con una regulación específica, instando tanto a los miembros del órgano que contrata como de las empresas que optan a la licitación a dar traslado de los mismos si los aprecian. Desde el ámbito local advierten de que los conflictos de intereses en poblaciones pocos habitantes pueden dificultar las cosas. Por otro lado, la ley deja claro que no podrán ser contratistas de las administraciones públicas condenados por corrupción entre particulares.
La propia Administración podrá pagar de forma directa a las empresas subcontratistas
Los expertos consultados también resaltan como una de las novedades más importantes la obligación de dividir en lotes los grandes contratos. Esto ayudará a que las pequeñas y medianas empresas (pymes) tengan más fácil acceder a la contratación pública, eliminando el oligopolio de las grandes adjudicatarias que se han hecho con los 'megacontratos' de la Administración hasta ahora y que han favorecido las famosas 'mordidas'. En este sentido, la nueva ley contempla además la posibilidad de que la propia Administración pague de forma directa a las empresas subcontratistas si así se recoge en los pliegos de condiciones.
Frenar los 'dedazos'
Los retos no son pequeños, pues la nueva ley obligará a una adaptación muy grande por parte de las administraciones en materia de digitalización. Sobre todo en el ámbito local, donde cuentan con menos medios y con un personal más reducido. Precisamente ahí es donde más se hace uso de los denominados contratos menores.
La nueva ley obligará a una adaptación muy grande por parte de las administraciones en materia de digitalización
Uno de los aspectos clave de la nueva Ley es consigue poner coto al uso del procedimiento negociado sin publicidad por razón de cuantía, mediante el que se adjudicaban contratos sin tener que pasar por el concurso público y que ha favorecido los conocidos 'dedazos'. A casi la mitad de los contratos públicos de España se presenta un único licitante y muy pocos contratantes publicitan los contratos adjudicados en la plataforma electrónica que contemplaba la anterior ley. A partir de ahora, si no se cumple esta premisa, podrá ser objeto de nulidad.
Aunque seguirá habiendo excepciones, en el nuevo redactado se reduce la cuantía de esos contratos menores pasando de 50.000 a 40.000 euros en el caso de obras y de 18.000 a 15.000 euros en servicios de suministros. Desde la oposición abogaron incluso por reducir aún más estas cuantías.
El precio dejara de ser el criterio que prima para adjudicar los contratos, y se tendrá en cuenta también la calidad
Por otro lado, las mesas de contratación se profesionalizarán, haciendo no puedan formar parte de ellas cargos públicos. Además, una de las enmiendas introducidas por Unidos Podemos consiguió que el precio dejara de ser el criterio que prima para adjudicar los contratos, sino que se tendrá en cuenta también la calidad. En este sentido, tan denostados 'modificados', que incrementaban el coste después de la adjudicación, ahora también deberán hacerse públicos.
La directiva europea marcaba que partidos políticos, sindicatos y asociaciones empresariales debían estar afectadas por dicha la ley cuando estén financiadas mayoritariamente con fondos públicos. Aunque finalmente se han quedado fuera los contratos de las campañas electorales, uno de los principales focos de la financiación irregular de los partidos en las útlimas décadas.
Los denostados 'modificados', que incrementaban el coste después de la adjudicación, ahora también deberán hacerse públicos.
Por otro lado, la nueva ley contempla crear una Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación que debe vigilar que se cumpla la ley de los contratos y pretende garantizar la libre concurrencia. Este órgano fiscalizador estará formado por funcionarios de carrera con mandato máximo de 6 años. Aunque fuentes consultadas critican que la Oficina dependa del Ministerio de Hacienda y no de las propias Cortes Generales, a las que deberá rendir cuentas. El órgano tiene además encomendada la tarea de aprobar una Estrategia Nacional de Contratación Pública, con la que se pretenden elaborar medidas contra la corrupción.
Aunque es compartido que la nueva Ley supone un cambio de etapa, también existe consenso entre los expertos en que el texto final es demasiado extenso y su complejidad técnica deja ciertas ambigüedades y resquicios que pueden ser aprovechados para seguir tratando de esquivar la ley.