El Reglamento Penitenciario establece la clasificación de los presos en tres grados, haciendo que «el primero se corresponda con un régimen en el que las medidas de control y seguridad serán más estrictas, el segundo con el régimen ordinario y el tercero con el régimen abierto» (art. 100.1); pero permite que, "respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados" (art. 100.2). Así, los políticos presos, clasificados de segundo grado, han podido obtener beneficios del tercer grado, como salir a trabajar varios días o para cuidar un pariente.
Ahora, según ACN, en las cárceles catalanes están analizando cuántos presos pueden salir sin otro requisito que un riesgo presuntamente bajo de reincidencia y disponer de un domicilio. La idea es reducir la población penitenciaria, y para ello intentan exprimir al máximo lo que permite el reglamento.
Esto llega precisamente después de que Oriol Junqueras y Raül Romeva hayan pedido la suspensión de sus respectivas condenas de prisión, argumentando que, dada la emergencia sanitaria, "en la actualidad existe también una grave afectación al derecho a la vida, a la integridad física y moral, el derecho a la dignidad y el derecho a la vida familiar", según el recurso presentado por el abogado Andreu Van den Eynde que cita el País de hoy. Afirman también que, dadas las medidas de confinamiento establecidas por el estado de alarma, se «hace imposible la sustracción a la justicia». Una argumentación que cualquier preso podría hacer suya.