España

Torra se enfrenta a la Justicia por negarse a retirar los lazos amarillos de la Generalitat

Fue el juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSCJ) Carlos Ramos el que acordó enviar a juicio a Torra, por un delito desobediencia o alternativamente de denegación de auxilio

  • Quim Torra.

El presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, se sentará este lunes en el banquillo acusado de un delito de desobediencia, que habría cometido al mantener los lazos amarillos en la fachada del Palacio de la Generalitat durante la campaña de las elecciones municipales del pasado 26 de mayo. La Fiscalía solicita para el mandatario autonómico un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros por desoír la orden de la Junta Electoral Central (JEC).

Fue el juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSCJ) Carlos Ramos el que acordó enviar a juicio a Torra, por un delito desobediencia o alternativamente de denegación de auxilio, por no retirar en campaña los lazos amarillos de los edificios públicos.

Este juicio se fijó en un primer momento para los 25 y 26 de septiembre, pero su celebración se retrasó ante la imposibilidad material de tramitar la recusación presentada por la defensa del jefe del Ejecutivo catalán contra dos magistrados de la Sala encargada de enjuiciarle. Los recusados fueron el presidente del TSCJ, Jesús María Barrientos, y la magistrada Mercerdes Armas, al entender que ambos no son imparciales por sus manifestaciones públicas contra los lazos amarillos. Con posterioridad también recusó al juez Carlos Ramos por estar vinculado al PSC, que propuso su nombramiento.

La defensa de Torra esgrimió para respaldar su recusación varias declaraciones de Barrientos en prensa contra los lazos amarillos y su defensa de la necesidad de que la JEC ordenara la retirada de los lazos amarillos, que es precisamente el motivo que lleva a Torra los tribunales.

Sin recusaciones

El TSJC acabó desestimando las recusaciones presentada por Quim Torra contra los magistrados Barrientos y Armas, al entender que “ninguno de los comportamientos públicos en forma de manifestaciones o conductas o incluso resoluciones del magistrado Barrientos expuesto en el escrito” de recusación “revela una pérdida de imparcialidad objetiva o subjetiva por su parte”. Tampoco vió que el juez profese “una enemistad manifiesta hacia el acusado”.

Además, resta cualquier relevancia al hecho de que Barrientos abandonara un acto público en febrero de 2018 celebrado en el Colegio de Abogados de Barcelona por escuchar el uso de la expresión “presos políticos” por parte del presidente del Parlament. El tribunal argumenta que Barrientos acudió por razón de su cargo como presidente del TSJC y que “esa conducta no guarda relación con el objeto del litigio” de la causa contra Torra por desobediencia. Tampoco aceptó la recusación de Armas cuya imparcialidad no ve en peligro. De igual modo quedó rechazada la recusación contra el magistrado Carlos Ramos por considerar que constituye "un manifiesto abuso de derecho y un evidente fraude de ley".

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