El Tribunal Supremo ha archivado una denuncia que el pasado mes de julio interpuso la asociación de juristas Preeminencia del Derecho contra la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, por una supuesta omisión del deber de perseguir delitos (prevista en el artículo 408 del Código Penal) en relación con la vigilancia de la Sociedad General de Autores (SGAE).
El auto hecho público este martes, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que los hechos denunciados por la asociación presidida por el abogado José Luis Mazón no son constitutivos de delito, por lo que la denuncia no será tramitada. Con este diagnóstico coincide también la Fiscalía.
El denunciante se basó en una información periodística del diario El País en la que se señalaba que los trabajadores de la SGAE se habían dirigido por escrito el pasado mes de enero a la ministra para denunciar los hechos que posteriormente han dado lugar a la apertura de diligencias penales en la Audiencia Nacional, donde el juez Pablo Ruz mantiene imputados a varios ex directivos de la sociedad de gestión.
La resolución del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, explica que, según dicha información, los trabajadores de la SGAE habían pedido a la ministra la realización de autorías externas al grupo de empresas de la entidad, "pues temían por los puestos de trabajo, debido a una situación alarmante que se debía a las inversiones que se estaban haciendo en la construcción y rehabilitación de edificios" de la sociedad.
El escrito, según recuerda el Supremo, aludía igualmente a la creación de empresas deficitarias, y señalaba que como consecuencia de ello se había presentado un plan de reestructuración que afectaba a entre el 20 y el 25 por ciento de la plantilla.
A juicio del Tribunal Supremo, de la lectura de la información periodística "se desprende la existencia de un conflicto laboral" en el seno de la SGAE y la existencia de inversiones fallidas que, sin embargo, son algo diferente a la investigación del juez Ruz, centrada en la creación de empresas por parte de directivos de sociedad ajenas a ésta.
Añade que de la información tampoco se desprende el conocimiento que debería tener la ministra de Cultura de la comisión de un delito cuya persecución hubiere omitido deliberada y consecuentemente, y por ello archiva la denuncia.