La Junta Electoral Central (JEC) se ha visto obligada a rechazar que una persona invidente forme parte de una de las mesas electorales del 20 de noviembre y lo ha hecho porque el Gobierno no ha cumplido un mandato incluido en la Ley de 2003 de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, que exigía una regulación más favorable a este colectivo.
Y todo ello pese a que el PSOE y el PP, junto con CiU y PNV, cerraron hace menos de un año una completa revisión de la legislación electoral con múltiples cambios procedimentales.
Así lo asegura la Junta Electoral Central (JEC) en una resolución dictada este viernes, que recoge Europa Press, en respuesta a la consulta realizada por el presidente de la Junta Electoral de Zona de Alcázar de San Juan (Ciudad Real).
El organismo arbitral comunica a la citada junta de zona que la persona invidente que ha sido designada como miembro de Mesa y que estaba dispuesta a desempeñar dicho cargo si no existía impedimento legal, no podrá hacerlo "a pesar del generoso ofrecimiento".
Según detalla en su acuerdo, no es posible que un invidente ejerza dicha tarea porque el Gobierno no ha dado cumplimiento a la Disposición Final Quinta de la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.
En el momento actual (ocho años después y con una reforma de la LOREG de por medio), "no se ha producido la adaptación legislativa que permita garantizar el correcto desarrollo de las funciones encomendadas a los miembros de las Mesas electorales por personas invidentes", lamenta la JEC.
En este contexto, la Junta aprovecha para hacer un nuevo emplazamiento al Ejecutivo con el objetivo de que impulse la modificación de la normativa electoral con el fin de establecer una regulación más favorable a los invidentes. La última reforma de la Ley Electoral General data del pasado mes de enero y no se aprobó ningún cambio en este sentido.