Se acerca la Semana Santa, una temporada donde mucha gente aprovecha para viajar y conocer nuevos lugares. Los destinos nacionales para un periodo de vacaciones corto son los más buscados y reservados, aunque hay mucha gente que apuesta por destinos internacionales. Mucha gente opta por trasladarse en coche a estos destinos, aunque otra mucha comenzó a optar por otros tipos de transportes como el tren o el avión.
Con el auge de las aerolíneas low-cost muchas más personas optan por el avión como medio de transporte, pero desde hace unos años, aquello que era tan barato ha comenzado a incrementar su precio. Este tipo de aerolíneas han desarrollado la especialidad de cobrar por todo y así consiguen que el precio final del vuelo sea en realidad muy diferente a lo que anuncian. Algunas aerolíneas están sumándose a cobrar un suplemento por llevar la maleta de mano o mochila dentro de la cabina.
¿Qué se considera equipaje de mano?
Se considera equipaje de mano todo lo que se puede llevar en un avión sin necesidad de enviar a la bodega del avión. Aunque muchas aerolíneas hacen una distinción entre artículo personal y equipaje de mano. Todas las aerolíneas te permiten viajar con un artículo personal que es el equivalente a una bolsa de mano o mochila pequeña que no sea mayor de 35 x 20 x 20 cm. Esta se coloca debajo del asiento y su utilidad es llevar tus objetos más importantes e imprescindibles, como documentación, dinero o la cartela.
Por otro lado, la definición de equipaje de mano es una maleta de mayores dimensiones. Normalmente, las aerolíneas permiten como equipaje de mano una maleta de 55 x 40 x 25 centímetros (largo+ancho+alto) que no supere los 10 kilos (aunque el peso es variable y algunas solo permiten maletas de máximo 7 kilogramos). Pero últimamente estamos viendo más casos en los que las aerolíneas no permiten acceder con este tipo de maleta si no se paga un suplemento previo.
¿Pueden las aerolíneas cobrarte por llevar la maleta de mano en cabina?
La respuesta definitivamente es negativa. Según explica la Organización de Consumidores y Usuarios, OCU, las compañías aéreas no pueden cobrarte ningún tipo de coste adicional por el equipaje de mano. Por este motivo, ha incitado a todos los usuarios afectados por esta práctica "abusiva" que reclamen sus derechos como pasajeros. Esta opción es gratuita, siempre que el equipaje respete las dimensiones que exige la compañía.
Además, no se podría hacer ninguna distinción entre equipaje de mano y lo que las aerolíneas describen como artículo personal, que sí está permitido llevar. Según la OCU el equipaje de mano debe considerarse "un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y que su transporte, por consiguiente, no puede ser objeto de un suplemento de precio, siempre y cuando responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones".
Añaden que los usuarios afectados están amparados por la Ley de Navegación Aérea, por la que con el precio del billete se incluye el equipaje de mano de hasta 10 kilos, así como los objetos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos.
Por ello, solo podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos por razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, y que, en este caso, sí deberán facturarse con los costes establecidos por la aerolínea.
El equipaje de mano no se podrá cobrar en las aerolíneas españolas pero tampoco en las europeas, ya que según establece el derecho europeo y la jurisprudencia establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), estas compañías pueden cobrar por el equipaje que se factura, porque no se considera indispensable, cosa que sí sucede con el de mano.