La Audiencia Nacional ha rechazado la reapertura de la investigación del caso Faisán, el chivatazo policial a ETA que en 2006 frustró una operación contra su aparato de financiación. Por estos hechos ya fueron condenados un comisario y un inspector de la Policía Nacional. El PP pedía reabrir el caso e investigar, entre otros, al número dos de Alfredo Pérez Rubalcaba en el Ministerio del Interior, el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho. A finales del año pasado, el excomisario José Manuel Villarejo presentó una denuncia en el Juzgado contra Camacho al que acusaba de colaborar con ETA.
En su escrito, el polémico mando -en prisión preventiva desde hace más de dos años por diversos delitos- implicana tanto al fallecido Pérez Rubalcaba como al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. Pero el juez desdeña así su relato: “La denuncia formulada es una miscelánea de distintas cuestiones variadas, que incluye un relato de distintos hechos que constan en el sumario, noticias de prensa, opiniones y conclusiones propias, especulaciones más o menos aventuradas, afirmaciones estrambóticas, referencias personales irrespetuosas, y juicios de valor de todo tipo sin el más mínimo fundamento objetivo”.
Según el auto al que ha tenido acceso Vozpópuli, “la posibilidad de que estos dos policías desde San Sebastián conocieran, como afirma o da a entender, que el ministro Rubalcaba había telefoneado al presidente del Gobierno Rodríguez Zapatero, es sencillamente absurda”. La tesis que durante años defendió el PP es que el chivatazo se produjo para frustrar una operación contra ETA y así no poner en peligro el proceso de negociación que en ese momento mantenía el Ejecutivo socialista con la organización terrorista.
La BARC de Eugenio Pino
El punto de partida de este intento de reapertura de la causa fue un informe elaborado por una unidad de la policía llamada Brigada Análisis de Revisión e Casos (BARC). Bajo el mando del exdirector adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino, se dedicaba a reinvestigar casos sensibles a pesar de que ya existiera resolución judicial. Al igual que el caso Faisán, también repasaron las pesquisas sobre el 11-M o el asesinato de Marta del Castillo, según desveló Pino en una entrevista al diario El Mundo en 2017.
“Un procedimiento concluido provisionalmente puede ser reabierto de nuevo. Ello no implica, sin embargo, que pueda reabrirse en cualquier momento y por cualquier razón”, dice el auto dictado por el juez José de la Mata, titular del Juzgado central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional. “La reapertura exige una variación sustancial de las circunstancias conocidas al momento de ordenarse la crisis provisional, ya sea por la aparición de nuevos hechos o por la posibilidad de práctica de nuevas diligencias de las que no se disponía al momento en que se decidió”, dice el magistrado.
“En realidad, de lo único que se dispone es de un informe policial de inteligencia que realiza un nuevo análisis de los elementos indiciarios de que ya se disponía. Un informe policial cuya existencia fue ocultada durante cinco años a la autoridad judicial, y que sólo fue entregado en el Juzgado tras un firme requerimiento judicial”, añade De la Mata en alusión a la opacidad con la que durante años actuó esa unidad bajo el mano de Eugenio Pino.
Rechaza investigar a Camacho
Este mando policial, máximo cargo uniformado del Cuerpo durante el tiempo que gobernó el PP de Mariano Rajoy, se encuentra actualmente investigado por sus relaciones con las actividades del polémico Villarejo. El magistrado rechaza citar como imputado al exsecretario de Estado de Seguridad Antonio Camacho por “el mero hecho de que conociera el desarrollo previsto de la operación policial” en el que se iba a desarticular a la red de extorsión de ETA que operaba en el bar Faisán de Irún. “Constituye un indicio insuficiente de su participación en los hechos”, zanja el auto.
Varias de las partes también habían pedido la citación como investigado del que era entonces el director general de la Policía, Víctor García Hidalgo. Este mando policial llegó a ser investigado en la causa principal, pero fue finalmente absuelto y no fue ni procesado. La Audiencia Nacional se opone a investigarle porque dice que lo único que consta son tráficos de llamadas. En ese sentido, indica uno de los que sí fueron condenados en su día, el comisario Enrique Pamies, declaró en el Juzgado como testigo -con obligación legal de decir la verdad- y negó que aquellas llamadas tuviesen nada que ver con un chivatazo.
En este punto el auto vuelve a echar por tierra las pesquisas que hizo la BARC de Eugenio Pino al decir que “la mera valoración alternativa realizada en un informe policial partiendo exactamente de los mismos hechos objetivos ya conocidos y evaluados judicialmente en la forma indicada es insuficiente y no permite modificar las conclusiones alcanzadas en su día”.
La grabación con Dolores Delgado
Las partes también pedían citar a declarar a otros mandos policiales, pero el juez tampoco lo ve pertinente. Entiende que no tienen relevancia o que la única base es el tráfico de llamadas de aquellas fechas. Víctimas del terrorismo, también personadas, solicitaron que se incorporase a la causa la grabación de la comida que mantuvo Villarejo con la ahora ministra de Justicia, Dolores Delgado y otros policías en el restaurante Rianxo en 2009. “La diligencia propuesta carece de cualquier relación con la causa que nos ocupa, de utilidad y pertinencia, razón por la que no puede ser admitida”, contesta el juez.
Por todos estos motivos, el juez de instrucción deniega la reapertura de la causa en un auto fechado este lunes. Contra esta decisión cabe posibilidad de recurso ante el propio Juzgado y ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.