España

El informe del Banco de España que Rato reclamó a Andreu salva a Bankia del 'agujero', pero no a su matriz

Un informe de cinco páginas remitido por el Banco de España a la Audiencia Nacional avala las normas contables utilizadas en BFA-Bankia antes de su salida a Bolsa: La entidad disponía de un colchón de provisiones que los peritos designados por el juez deberían haber tenido en cuenta; pero éste no cubría todo el desfase patrimonial denunciado por los mismos.

  • Rodrigo Rato y Miguel Blesa.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, Fernando Andreu, por fin tiene en su poder el informe del Banco de España que tanto él como algunos de los imputados, entre ellos Rodrigo Rato, llevaban meses esperando, ya que presuntamente avalaría las cuentas de BFA-Bankia en su salida a Bolsa. En el escrito, de cinco páginas y aprobado por la Comisión Ejecutiva del supervisor el 3 de marzo de 2015, se responde a una consulta del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancario (FROB) respecto a aspectos técnicos y contables. Estas respuestas fueron empleadas por el FROB para desacreditar el trabajo de los peritos, que habrían concluido en sendos informes de diciembre de 2014 que las cuentas de la salida a Bolsa no reflejaban la imagen fiel de la entidad.

El escrito del Banco de España al que ha tenido acceso Vozpópuli apunta en una de sus respuestas que las provisiones genéricas (una reserva de capital para cubrir posibles deterioros) de las entidades financieras pueden utilizarse, de forma general, para cubrir dotaciones adicionales específicas: "Las dotaciones específicas adicionales requeridas para cubrir los nuevos deterioros identificados no tendrían efecto alguno en los resultados y el patrimonio neto de la entidad, siempre que existiera provisión genérica suficiente", detalla.

El escrito del Banco de España apunta a que las provisiones genéricas de las entidades financieras pueden utilizarse, de forma general, para cubrir dotaciones adicionales específicas

A todos los efectos, pues, para el BdE es lo mismo tener una provisión específica (apuntada a una pérdida concreta) que una provisión genérica (para una pérdida aún no incurrida). Es decir, que según el criterio del supervisor los peritos deberían haber tenido en cuenta las llamadas provisiones genéricas que tenía Bankia anotadas en su balance y descontarlo a la hora de contabilizar el desfase patrimonial de la entidad.

Tal y como argumentó en su contrainforme del pasado marzo el FROB, a partir de las conclusiones del supervisor, existían en Bankia provisiones a finales de 2011 más que suficientes para cubrir todos los ajustes provocados por los deterioros de los activos detectados por los peritos (unos 2.083,20 millones de euros) por lo que la imagen fiel de la entidad se mantendría intacta. Sin embargo, la cantidad de provisiones (unos 2.257 millones de euros en específicas y 1.484 millones en genéricas) anotadas en Bankia no serían suficientes en ningún caso para cubrir el deterioro de los activos identificado en la matriz del banco, BFA.

Los informes de los peritos del Banco de España (ratificados posteriormente en sede judicial) señalaban que en Banco Financiero y de Ahorros no se habían formulado bien las cuentas correspondientes al ejercicio 2011, por lo que había un desfase contable negativo de 6.869,81 millones de euros, más del doble que las provisiones existentes. Es decir, que en cualquier caso la matriz de Bankia sufría una situación patrimonial insostenible, y hubiera necesitado una ampliación de capital.

Lío con los subestándar

En otra de sus respuestas al FROB, el Banco de España parece desautorizar, al menos parcialmente, a los peritos designados por la Audiencia Nacional respecto a las cuentas reformuladas (ya por Goirigolzarri y su equipo). En sus informes periciales los dos inspectores habían constatado la existencia de errores contables ya que a su juicio no se consideraban como morosos (sino subestándar, lo que conlleva menos deterioro) determinadas carteras de créditos a promotores que a su juicio merecían un reconocimiento de unas mayores pérdidas.

Sin hacer alusión a los peritos, el Banco de España responde que la circular de normativa contable permite contabilizar como subestándar "las operaciones de clientes que forman parte de colectivos en dificultades, para los que se estiman pérdidas globales superiores a las que corresponden a las categorías incluidas en riesgo normal, salvo que cumplan los criterios para ser clasificados individualmente como dudosos [morosos] o fallidos".

Es decir, que según el Banco de España está bien contabilizada una cartera de crédito promotor como subestándar, y no se debe llevar a categoría de moroso (lo que implicaría más provisiones y reconocimiento de pérdidas) a no ser que cada operación individualmente lo justifique. Ésta supone toda una enmienda a las conclusiones de los peritos, toda vez que éstos tuvieron que trabajar extrapolando sus conclusiones a partir de una muestra de operaciones crediticias muy reducida, algo de lo que se quejaron ante el juez: si para considerar una cartera como morosa hay que hacer un análisis individualizado de cada operación, los peritos no habían podido hacerlo.

el misterio del escrito del juez que no llegó a linde

El pasado 14 de octubre, el juez Fernando Andreu remitió al Banco de España un primer oficio en el que reclamaba al Banco de España el informe que éste había redactado a petición del FROB. Tres semanas después, y ante la falta de respuesta, el magistrado se vio obligado a dictar una providencia, fechada el 4 de noviembre, dirigida personalmente al gobernador, Luis María Linde, en la que recordaba a éste que le había pedido dicha documentación y que aún no había llegado su mesa. A este segundo requerimiento, el supervisor sólo ha tardado horas en contestar. ¿Por qué no lo hizo tras el primer escrito del instructor del 'caso Bankia? La respuesta está en la carta que acompaña el informe llegado ahora a la Audiencia Nacional.

En ella, María Ortega Diego, responsable de la División de Expedientes Sancionadores y Colaboración con Órganos Judiciales del Banco de España, asegura que el oficio del 14 de octubre nunca llegó al número 48 de la calle de Alcalá. "No consta que dicho oficio haya tenido entrada por Registro en el Banco de España o haya sido recibido por éste de modo alguno", señala en la carta para justificar que se desoyera la primera petición. De hecho, asegura que únicamente hay constancia de la providencia, la cual recibieron el pasado martes por fax. De hecho, a la vista de su contenido, en la que se hacía referencia al escrito del 14 de octubre, los responsables del BdE se pusieron en contacto con el Juzgado para explicar por qué no habían respondido al primer oficio. Ese mismo martes, 10 de noviembre, remitieron el informe al magistrado. Este miércoles se ha dado traslado a las partes.

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