Hasta ahora Carles Puigdemont ha elegido muy bien sus destinos desde que el pasado 30 de octubre salió de España acusado de rebelión y sedición. Estableció su residencia en Bélgica, un lugar en el que ni siquiera se contemplan dichos delitos. Desde allí ha viajado a varios Estados. Dinamarca fue el primero, donde el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, decidió no ordenar su detención. También ha visitado Suiza, país confederal que considera que se le juzga por "delitos políticos". El próximo jueves 22 de marzo, el expresident de la Generalitat tiene previsto otro viaje fuera de su actual refugio, irá a Finlandia.
En el caso de que un individuo sobre el que pesa una orden de detención en territorio nacional se fugue de la justicia se puede optar por dos vías para pedir su detención a un Estado con el que haya convenio.
La primera vía es la Orden de Detención y Entrega Europea; y en segundo lugar, el Convenio Europeo de Extradición de 1957 (CEEx).
En la práctica se suele aplicar el Convenio en la mayoría de las ocasiones. Es un acuerdo que sirve tanto para Estados miembros como para aquellos que no pertenecen a la Unión Europea. Entre ellos están Alemania, Albania, Azerbaiyán, Islandia, Corea, España… Así como aquellos destinos que están en la lista de viajes del político catalán: Bélgica, Dinamarca o Finlandia.
Llarena no estimó oportuno pedir su detención al considerar que podría ser extraditado solo por el delito de malversación. Pero además, existen otros puntos dentro del CEEx que podrían suponer un problema para el juez del Supremo.
El artículo 3 del CEEx no contempla la detención si considera los hechos delitos políticos. Así ocurrió recientemente en Suiza con la 'fuga' de la exdirigente de la CUP Anna Gabriel
En primer lugar, el artículo 3 del CEEx no contempla la detención si considera los hechos delitos políticos. Así ocurrió recientemente en Suiza con la 'fuga' de la exdirigente de la CUP Anna Gabriel: rechazó su extradición puesto que "a primera vista es un delito político", según el Departamente de Justicia helvético.
La extradición por rebelión, un proceso complejo
El pasado mes de enero, Puigdemont participó en el debate '¿Cataluña y Europa, en una encrucijada por la democracia?' en Dinamarca. En un principio la Fiscalía informó de que se produciría su detención si salía de Bruselas y entraba en territorio de la Unión Europea. Finalmente esta idea se diluyó al aplicarse la decisión de Llarena de retirar todas las órdenes europeas.
El magistrado no mandó su detención durante la visita a Dinamarca por diversos motivos. El que cobró más fuerza fue el que comunicó el Tribunal Superior de Justicia Catalán. "Se deben retirar las órdenes europeas porque se está investigando un delito de naturaleza plurisubjetiva dotado de unidad jurídica inseparable, lo que requiere una única contestación para evitar respuestas contradictorias", se leía en el texto. Esto quiere decir que la detención de un individuo fuera de España puede simplificar el proceso al ser culpabilizado por un único delito, dejando de lado el resto que se le atribuyen.
Si el acusado viaja a otro país y se considera que puede ser extraditado, sería juzgado por un delito concreto y no por todos
Como aseguraba el Tribunal Supremo el pasado mes de diciembre, el hasta entonces "mantenimiento de las órdenes de detención no facilitaría el adecuado desarrollo del proceso". Esto se debe a que si el Estado requerido deniega la ejecución de la orden de detención, "se posibilita una restricción del título de imputación", para Puigdemont y el resto de ex altos cargos del Govern.