El juez Santiago Vidal no sufrirá suspensión cautelar por parte de la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial tras ser rechazada la propuesta por cuatro votos contra tres, por haber reconocido haber participado en la redacción de una constitución catalana.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió la semana pasada expediente disciplinario por ignorancia inexcusable en el cumplimiento de deberes judiciales y vulneración del deber de observancia del régimen de incompatibilidades al citado juez, según informa Efe.
La iniciativa de expedientar a Vidal y de suspenderlo cautelarmente fue del magistrado Antonio Fonseca, el Promotor de la Acción Disciplinaria en el órgano de gobierno de los jueces, es decir, el encargado de investigar las posibles faltas y proponer sanciones.
La apertura de expediente disciplinario adjuntaba una propuesta de suspensión provisional de funciones hasta que se decidiera sobre si procede archivar el expediente o imponer un castigo. Esa es la propuesta que ha sido rechazada en la reunión extraordinaria que la citada comisión ha celebrado hoy, por lo que el expediente seguirá su curso.
La Comisión considera que la adopción de la medida cautelar propuesta por Fonseca no atajaría la situación que se quiere evitar, tomando así una decisión que ha contado con los votos particulares de los vocales Wenceslao Olea y Carmen Llombart.
En su escrito de apertura de expediente a Vidal el promotor apoyaba su petición de suspensión cautelar de funciones al juez en "la extrema relevancia de los hechos" por su "evidente proyección pública y social".
El pasado 26 de mayo el juez Santiago Vidal ratificó ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que había participado en la redacción de una "hipotética constitución catalana" por iniciativa propia y desde el convencimiento de estar ejerciendo su libertad de pensamiento.
El Promotor de la Acción Disciplinaria decidió la semana pasada abrir expediente al magistrado y proponer a la Comisión Disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces una medida de suspensión cautelar para este magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona.
En su expediente, el Promotor, que el pasado mes de abril abrió una información previa a Vidal y que desde entonces hasta la semana pasada no había considerado necesaria la medida cautelar provisional, acusa a Vidal de apoyar públicamente como legítimo el incumplimiento de las leyes y de la Constitución Española.
Además, le reprocha haber reconocido su participación sin autorización alguna en un grupo de trabajo de composición heterogénea e indeterminada encaminado a la elaboración de una constitución para una Cataluña independiente.
Junto a ello, también obra en contra de Vidal, según el citado Promotor, el haber hecho de forma reiterada declaraciones públicas en apoyo de iniciativas políticas encaminadas a obtener la independencia de Cataluña.
Estos hechos, según el Promotor, pueden constituir ignorancia inexcusable en el cumplimiento de deberes judiciales por vulneración del deber básico de fidelidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico.
Y también vulneración del deber de observancia del régimen de incompatibilidades del artículo 389.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 1.3 de la Ley 53/84 de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.