Cataluña

La Justicia catalana avala el toque de queda de 1 a 6 de la mañana y limita las reuniones a 10 personas

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado el toque de queda nocturno y la limitación de reuniones a un máximo de 10 personas, como solicitó la Generalitat

  • Grupos de jóvenes en las inmediaciones de un local de ocio nocturno en Barcelona. Lorena Sopêna / Europa Press.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado el toque de queda nocturno y la limitación de reuniones a un máximo de 10 personas, como solicitó la Generalitat para atajar los contagios en la sexta ola del coronavirus, al concluir que son medidas "idóneas, necesarias y proporcionadas", especialmente de cara a las fiestas navideñas, "en que la actitud jovial, aglomeraciones de personas y asociación a la interacción social" pueden generar "un mayor riesgo" de contagio por la "relajación de algunas cautelas".

En su resolución, la sala contenciosa del alto tribunal catalán autoriza para los próximos 14 días que la Generalitat aplique un toque de queda entre la 1 y las 6 de la madrugada en poblaciones de más de 10.000 habitantes y con una incidencia acumulada de más de 250 casos por cada 100.000 habitantes, lo que afectará a unas 126 localidades catalanas, entre ellas Barcelona y las demás capitales de provincia. El TSJC, que ha avalado las restricciones que ha solicitado la Generalitat en contra del criterio de la Fiscalía Superior de Cataluña, limita así también las reuniones a un máximo de 10 personas, tanto en el ámbito público y privado, excepto en los núcleos de convivencia, manifestaciones y actos políticos, y valida el 70% del aforo en actos religiosos y ceremonias civiles. Por otro lado, ha explicado en un tuit recogido por Europa Press que los jueces también han aceptado mantener el uso del 'pasaporte covid' y cerrar las discotecas.

El lunes, el Govern anunció que había aprobado estas nuevas restricciones para entrar en vigor la madrugada del jueves al viernes, pero necesitaba el aval judicial porque son medidas que afectan a derechos fundamentales.

La Fiscalía había pedido al TSJC que rechazara la propuesta del Govern al advertir de que estas "severas" restricciones de derechos fundamentales no eran "idóneas" ni "necesarias" y que los argumentos esgrimidos por la Generalitat no eran "suficientes". Por el contrario, el tribunal entiende que estas restricciones cumplen con los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, ante el "riesgo de colapso" de los servicios asistenciales en Cataluña a principios de enero de 2022, cuando la Generalitat advierte en su informe de que si no se actúa se podría llegar a los 25.000 contagios diarios, por el impulso de la variante ómicron.

En su informe, la Generalitat asegura que la comunidad se encuentra en fase de alerta 4 por la pandemia, sobre un total de 4, con una valoración de riesgo "muy alta", ya que se está en una fase de transmisión comunitaria "no controlada y sostenida" que puede incidir en la capacidad de respuesta del sistema sanitario.

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