Atrás quedaron los días en los que la única defensa de Oriol Junqueras era el alegato del "juicio político". Esta semana, el exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña ha conseguido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea respaldara su condición de inmunidad como eurodiputado; un espaldarazo que llegó dos días después de que tres magistrados del Tribunal Constitucional concluyeran que la prisión provisional del líder de ERC había afectado a "la estructura del sistema democrático".
La sentencia de Luxemburgo y el voto particular en el tribunal de garantías nutren ahora el argumento jurídico del dirigente independentista, que mantiene en la mira el recurso contra la condena por sedición que pesa en su contra. Ambas resoluciones tienen lugar diez meses -y un fallo firme- después de que se celebrara la primera sesión del juicio del procés en el Tribunal Supremo.
Junqueras se presentó en la primera semana de comparecencias ante la Sala presidida por Manuel Marchena con expresiones como “se me juzga por mis ideas”, “es un juicio político” y “soy un preso político”. En el marco de su estrategia, el dirigente independentista renunció a defenderse de de las acusaciones cuando se negó a responder a las preguntas de la Fiscalía, que pedía para él 25 años de cárcel. El líder catalán se limitó a contestar a su abogado, Andreu Van den Eynde.
"Derecho a decidir"
Ocho meses después de aquella declaración en el banquillo, el Alto Tribunal español le condenó a 13 años de prisión por un delito de sedición en concurso con el de malversación y a 13 años de inhabilitación absoluta. Los jueces desestimaron los argumentos del exvicepresidente catalán sobre el "derecho a decidir" y concluyeron que "bajo el imaginario derecho de autodeterminación se agazapaba el deseo de los líderes políticos y asociativos de presionar al Gobierno de la Nación para la negociación de una consulta popular".
El Supremo desestimó el argumento de Junqueras sobre el "derecho a decidir" y concluyó que era presión al Gobierno "para la negociación de una consulta popular"
Aquel 14 de octubre, el abogado de Junqueras aseguró desde Luxemburgo que la sentencia del Supremo había puesto "límites al ejercicio del derecho a la protesta en un Estado democrático" y advirtió de que iban a recurrir en instancias nacionales e internacionales.
"Derecho de representación política"
Ahora, el líder de ERC ha conseguido que dos instancias superiores -dentro y fuera de España- le dieran la razón sobre uno de sus reclamos principales durante el juicio: su situación de prisión provisional.
Los jueces del tribunal de garantías Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Fernando Valdés han defendido en su escrito de 17 folios que el Supremo debió imponer durante el juicio a Junqueras una medida "menos lesiva" que su mantenimiento en prisión preventiva para una "menor afectación" a su "derecho de representación política" en el Parlament de Cataluña.
Luxemburgo, por su parte, considera que el tribunal presidido por Manuel Marchena debió haber permitido al líder de ERC acudir al Parlamento Europeo en su condición de eurodiputado electo cuando estaba en prisión preventiva. Bajo esta premisa, los jueces europeos han dado la razón a Junqueras sobre su inmunidad parlamentaria.
El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el voto particular de tres de los magistrados del Constitucional no tienen efectos directos sobre el encarcelamiento actual de Junqueras porque desde el pasado octubre hay una sentencia firme. Será el Tribunal Supremo quien deba decidir qué pasará con la prisión del líder condenado. Las dos resoluciones, sin embargo, representan un espaldarazo jurídico a la defensa del independentista.