El Gobierno ha introducido una serie de modificaciones en el régimen sancionador de la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad para tipificar como infracción el 'bunkering', mediante el fondeo permanente de buques-tanque (gasolineras flotantes permanentes) o los vertidos de materiales para rellenos no permitidos.
El ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, ha explicado en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el objetivo de esta iniciativa es el de "colmar una laguna legal" en las zonas de especial conservación, donde se prohibían determinadas prácticas pero no había una tipificación sancionadora.
En este sentido, ha recordado que a partir de esta reforma, habrá un instrumento jurídico por el que se sancionarán estas prácticas como "muy graves" en caso de que los daños superen los 100.000 euros, y "graves" en el resto de los casos. "Se cierra el círculo de poder aplicar procedimientos administrativos de sanción", ha señalado. Asimismo, ha matizado que esta propuesta afecta a "todas las zonas" de especial conservación en España, y no únicamente al área del Estrecho, de manera que "no se discrimine positiva o negativamente" ningún espacio en concreto.
Estos cambios se incluyen dentro del Proyecto de Ley de Evaluación Ambiental, que será remitido a las Cortes tras su aprobación hoy en Consejo de Ministros y que unifica en un solo cuerpo legal las leyes de evaluación ambiental estratégica.
El Gobierno ha asegurado que con la nueva ley se mejoran los procedimientos de evaluación ambiental "al evitar dilaciones de difícil justificación" desde el punto de vista ambiental. Las previsiones del Ejecutivo contemplan la creación de unos 80.000 empleos y un impacto sobre la actividad económica de 1.000 millones de euros aproximadamente.
La normativa someterá también por primera vez a evaluación de impacto ambiental los proyectos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica o 'fracking'. De esta manera, el Gobierno entiende que al exigir "un elevado nivel de calidad" de los documentos y estudios ambientales sobre los que los órganos ambientales tienen que pronunciarse, se refuerza su "carácter preventivo" para la mitigación de los impactos sobre el medio ambiente.
Por primera vez, además, el proyecto de ley introduce la obligación de tener en consideración en la evaluación ambiental el cambio climático, para lo cual, deberán utilizarse las informaciones y las técnicas que estén disponibles en cada momento.