El expresidente del Palau de la Música Fèlix Millet y su mano derecha, Jordi Montull, condenados por el expolio de la entidad musical, han recurrido ante la Audiencia de Barcelona la decisión de enviarles a prisión provisional mientras la sentencia no sea firme, y han acusado al tribunal de "arbitrario" y de basarse en conjeturas y prejuicios a la hora de valorar el riesgo de fuga.
Los dos condenados han presentado sendos recursos de súplica, a los que ha tenido acceso Europa Press: los dos piden que se les ponga en libertad y que, en todo caso, se acuerden medidas cautelares menos gravosas, como comparecencias periódicas en el juzgado.
En los recursos -que se han presentado ante la Sección Décima de la Audiencia de Barcelona, el tribunal que enjuició el caso y que ahora ha adoptado la medida de prisión provisional- las defensas lamentan que sea el mismo órgano el que ha adoptado las dos decisiones y que además no tengan derecho a acudir a una instancia superior para recurrir, ya que ahora solo les queda la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Condenada anticipada
Millet asegura en su recurso que la decisión adoptada "resulta incompatible con la finalidad legal ni constitucional de la grave medida cautelar acordada, para convertirse en un anticipo en toda regla de la ejecución de la condena provisionalmente impuesta".
En su recurso, los dos rechazan el argumento del tribunal de que no tienen arraigo en España para justificar el riesgo de fuga, alegando que llevan toda la vida viviendo en Catalunya y que es donde tienen a la mayoría de su entorno familiar: "¿De verdad no constituye arraigo estar durante 82 años residiendo en un mismo lugar?", se pregunta el abogado de Millet, Abraham Castro.
Además, cita la decisión de la Sección 1 de la Audiencia de Baleares en el caso Nóos, que decidió mantener en libertad al principal acusado, el marido de la Infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, tras la sentencia condenatoria, a la espera de que sea firme, pese a que este encausado reside en el extranjero.
Señala para ello la argumentación de este tribunal en un auto del 23 de febrero de 2017, que tuvo en cuenta que, pese a las penas solicitadas y a la sentencia condenatoria, rechazaba la petición de prisión provisional porque los acusados "en ningún momento han tratado de eludir la acción de la justicia".
Cumplen con la justicia
En esta línea, tanto Millet como Montull argumentan que en los nueve años que dura el procedimiento siempre han respondido al llamamiento de la justicia y además han confesado y han depositado fianzas para reparar el daño causado, según ellos.
El abogado de Millet defiende que lleva nueve años compareciendo ante la justicia "no solo a cuantos llamamientos han sido efectuados, sino compareciendo mensualmente ante el juzgado de su domicilio, un dato objetivo que se opone a las sospechas, conjeturas y consideraciones puramente subjetivas en las que se basa la grave privación de libertad acordada".
La defensa de Montull, Jorge Navarro, ha destacado que su cliente lleva cumpliendo "escrupulosamente" con todos los llamamientos judiciales y acudiendo al juzgado a firmar mensualmente.
Ambos se oponen al criterio de la sala de que con la sentencia condenatoria aumenta el riesgo de fuga, porque, recuerdan, durante el procedimiento se enfrentaban a peticiones de condena por parte de las acusaciones que llegaban a los 84 años de prisión en el caso de Millet, con lo que el fallo -que les condena a nueve años y ocho meses al primero y a siete años y medio a Montull- "ha mejorado mucho sus expectativas procesales", reduciendo las penas entre tres y nueve veces.
Estado de salud
Sobre el hecho de que la Audiencia considere que la edad y la situación de salud de los dos condenados no afecta a la posibilidad de fuga, el abogado de Millet exclama: "La verdad es que el auto recurrido agota la capacidad de sorpresa de cualquiera. Si tener 82 años de edad y tener médicamente acreditado un grave problema de movilidad 'no pueden ser valoradas en sentido positivo, ni negativo' de cara a un posible riesgo de fuga, no puede quedar más claro lo ilógico, irracional o arbitrario del propio auto".
En el caso de Montull, su abogado señala que su afección cardiaca y la necesidad de utilizar respiración artificial "mal se compatibiliza con que pueda fugarse a otro país".
Rechaza que el tribunal vea como un argumento que prueba la posibilidad de fuga que los bienes de su cliente no cubren las responsabilidades civiles y las multas y la posibilidad de tener dinero en el extranjero, ya que es una afirmación "tan gratuita como carente de rigor fáctico y jurídico, que recuerda más a la idea de una prisión por deudas poco acorde con los principios constitucionales", dice Jorge Navarro.
Sobre este mismo argumento de tener bienes en el extranjero, el abogado de Millet considera que demuestra "la clara existencia de prejuicios e ideas preconcebidas cuyo único sustento son simples conjeturas y sospechas".