España

Ni el Gobierno ni los jueces pueden ordenar ya el traslado de los presos del procés

Los internos condenados por sedición dependen ahora de la Generalitat y no hay en la ley penitenciaria ningún artículo que permita revocar su traslado a Barcelona

  • La primera imagen de los independentistas presos

Ni el Gobierno ni los jueces pueden ordenar ya el traslado de los presos independentistas a otra cárcel fuera de Cataluña para que cumplan sus condenas por sedición. Ahora dependen de la Administración catalana ya que la Generalitat tiene las competencias de prisiones transferidas. De eso modo, solo podrían ser llevados a otro lugar en caso de que ellos mismos lo solicitasen, algo poco probable.

El líder del PP, Pablo Casado, le ha pedido este lunes al Gobierno de Pedro Sánchez, que evite que los presos secesionistas cumplan su pena en Cataluña ante el riesgo de una pronta excarcelación. El Ejecutivo, por medio de José Luis Ábalos, ha tachado esa petición como una "ocurrencia".

Vozpópuli se ha puesto en contacto con fuentes penitenciarias y jurídicas y admiten que no hay en el ordenamiento jurídico, ya sea el Reglamento Penitenciario, la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) o en el Código Penal ningún artículo por el que se pueda argumentar el traslado. Más bien al contrario, el artículo 12 de la LOGP establece que se deben tomar decisiones para “satisfacer las necesidades penitenciarias y evitar el desarraigo social de los penados”.

Dispersión

El horizonte de las cárceles en España siempre es la reinserción y en aras de ese fin se procura que cumplan condena cerca de su entorno. Existen excepciones para aplicar la dispersión para el caso de bandas de crimen organizado o grupos terroristas, pero no es el caso de los presos independentistas, condenados por sedición. 

Los internos soberanistas fueron trasladados a cárceles catalanas antes y después del juicio del Tribunal Supremo. Tanto el Ministerio del Interior como el tribunal que les juzgó no vieron inconvenientes para que cumpliesen prisión preventiva en Cataluña. Tampoco que cumplan sus penas ya firmes de entre nueve y trece años de prisión. En España, es el Ministerio del Interior quien tiene la competencia para decidir en última instancia donde tiene que cumplir su condena un preso.

Ahora dependen de la Administración catalana que dirige Joaquim Torra, quien ya ha mostrado su disconformidad con la sentencia. Desde la Consejería de Justicia de la que dependen las prisiones en Cataluña, se pueden impulsar varias opciones para que los presos no tengan que agotar sus condenas en un centro penitenciario.

La última palabra siempre la tendrán los jueces, pero mientras se deciden los posibles recursos, los internos pueden esperar en libertad. Esto hace prever que los condenados por el Tribunal Supremo se verán beneficiados en las próximas semanas de medidas penitenciarias flexibles.

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