Cuando fallece un familiar o un ser querido lo último que apetece es gestionar el papeleo, los trámites y las obligaciones financieras. Entre estos trámites, lo que ocurre con las deudas del fallecido es una de las grandes cuestiones ya que muchas pueden permanecer activas. Dentro de estas deudas, los préstamos hipotecarios juegan un papel importante.
El primer paso para afrontar las deudas de un fallecido es notificar su muerte a su entidad bancaria y a su asegurada, en el caso de tener una. Una vez notificado el fallecimiento, estas empresas comenzarían los procesos reflejados en la herencia: reparto de bienes y cobro de deudas.
¿Qué ocurre con la hipoteca de un fallecido?
Las hipotecas son préstamos de larga duración, normalmente a 20 años, algunas con seguro otros sin. Si el inmueble no está asegurado y figura en el testamento del fallecido, los herederos serían los responsables de terminar de abonar las cuotas restantes.
No obstante, cabe aclarar que la herencia es un derecho y no una obligación, por lo que las deudas del fallecido pueden ser tanto aceptadas como rechazadas por los herederos. Si los herederos rechazasen pagar las deudas del fallecido, este cobro pasaría a ser responsabilidad de los segundos herederos y así en escalada.
Una alternativa en el supuesto de querer aceptar la herencia sería recibir la parte restante una vez liquidada la hipoteca del inmueble. Aunque esta opción depende de las cláusulas del crédito.
Lo más común, sin embargo, es que la hipoteca del fallecido esté asegurada y que la deuda la cubra el seguro. Si el inmueble está asegurado, tras notificar el fallecimiento de la persona titular directamente a la línea de atención en caso de siniestros el seguro, este se encargaría de realizar la póliza del seguro hipotecario de vida.
El banco BBVA cuenta con seguros hipotecarios, cuyo coste se incluye en el cobro mensual del crédito. Esto lo hace de acuerdo con lo establecido por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), que indica que las instituciones financieras deben tener a disposición de sus clientes seguros que les ayuden a afrontar y garantizar el pago de los préstamos que soliciten. Esto se traduce en que tanto Santander como otras entidades bancarias se rigen también por este supuesto.
El banco Santander dispone de diferentes perfiles para cubrir las deudas de un fallecido. Además del seguro, la empresa financiera ofrece que los gastos sean cubiertos por un avalista, si los herederos rechazasen el cargo. Otra alternativa es que el crédito esté bajo más de un titular. En este caso la otra persona responsable sería la encargada de pagar las cuotas. Esta opción también la ofertan otros bancos como el BBVA.
Pedir un crédito conjunto es una de las mejores alternativas para asegurar la solvencia financiera del inmueble. El hecho de que haya dos titulares en el préstamo también permite que se pueda adquirir una vivienda de mayor precio y calidad. Si el crédito es concedido, ambas personas titulares estarían cubiertas por el seguro de vida hipotecaria.
Si alguno de los titulares fallece, el seguro cubriría las deudas, siempre que no haya impagos. El BBVA ofrece más solvencias a parte de en caso de fallecido. Si alguno de ellos sufre un despido injustificado el seguro cubrirá hasta seis mensualidades del crédito. Para recibir esta ayuda es necesario verificar a la entidad que se ha estado trabajando en la misma empresa durante los últimos doce meses desde la fecha del despido.
Tener un seguro de vida hipotecario es una carta segura para evitar endeudar a los herederos en el caso de que el titular del crédito fallezca.