El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha negado este miércoles "tajantemente" que su departamento haya ordenado a la Policía que como norma general prohíba los escraches a menos de 300 metros de domicilios de políticos, ya que la distancia de seguridad dependerá de la ubicación exacta de cada vivienda. "No se ha adoptado ninguna medida que diga que se ha establecido un perímetro de seguridad de 300 metros, eso como ministro lo desmiento", ha recalcado Fernández Díaz en los pasillos del Congreso.
Esta mañana, el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, ha asegurado que el Ministerio del Interior daría instrucciones a la Policía Nacional para proteger a los cargos públicos de los escraches y que se aplicaría "el mismo criterio" que la Ertzaintza, que fija una distancia de seguridad 300 metros. Horas más tarde en el Congreso, el titular de Interior ha explicado que la orden dictada a la Policía es que aplique las "medidas operativas" necesarias para garantizar derechos fundamentales como la inviolabilidad del domicilio y la intimidad personal y familiar, pero ha insistido en que en ningún momento se ha marcado una perímetro concreto de seguridad. "En algunos supuestos hablar de 300 metros no tiene ningún sentido, es absurdo (...) En algunos casos serán 300 metros y en otros 30", ha subrayado.
Fernández Díaz ha reiterado que no es posible establecer a priori distancias de seguridad en las inmediaciones de los domicilios de políticos y que la orden de Interior es que sean los mandos operativos de las fuerzas de seguridad los que definan el límite en cada caso de forma proporcionada.
Preguntado si con esta decisión se está vulnerando el derecho fundamental de reunión, el ministro del Interior ha recordado que la ley también obliga a los convocantes a comunicar la concentración a la Delegación del Gobierno, cosa que "en ningún" escrache se ha producido. "La ley de reunión se está violando flagrantemente en todos esos casos", ha advertido Fernández Díaz, que ha añadido que el Gobierno también tiene la obligación de garantizar el derecho a la inviolabilidad del domicilio de cualquier ciudadano, así como el derecho a la intimidad personal y familiar.