España

El lobby de la tauromaquia frena en los juzgados a los ayuntamientos antitaurinos

La Fundación Toro de Lidia ha ganado una veintena de recursos contra ayuntamientos y personas que "prohíben" o "insultan" a la tauromaquia

  • El diestro José Tomás en una imagen de archivo

"Se acabó la ilegalidad contra el toro", reivindican desde la Fundación Toro de Lidia (FTL). La entidad canaliza el aporte de personas, muchas de ellas empresarios, que han empezado a colaborar en la defensa de la tauromaquia, cuestionada por distintos sectores por "promover la tortura de un animal", a través de distintos medios pero, sobre todo, en los juzgados. 

"Vamos a remontarnos al año 2015, antes de la creación de la FTL. En ese momento, especialmente aunque no de manera exclusiva, en las redes sociales parecía haber barra libre para insultar a los profesionales y aficionados taurinos, llamarles torturadores, desearles la muerte y todo tipo de salvajadas", esgrime Fernando Gomá, vicepresidente de la Fundación.

"Al mismo tiempo, en las elecciones municipales y autonómicas de este mismo año partidos como Podemos, Izquierda Unida y similares ganaron municipios y diputaciones, y comenzaron a aprobar 'declaraciones' en las que se proclamaba que tal municipio o provincia 'era antitaurino', a prohibir o poner trabas de todo tipo a los festejos taurinos, etc., y también en este caso con la sensación de que aquí había libertad total para hacer lo que se quiera, dijeran lo que dijeran las leyes. Por eso, la primera actuación de urgencia de la FTL fue la contratación de un despacho jurídico muy prestigioso (Cremades y Calvo Sotelo), y comenzar a interponer acciones judiciales". Con el tiempo, la Fundación desarrollaría además una Comisión Jurídica a la que se han sumado, entre otros, el exconsejero del Banco de España Tomás-Ramón Fernández, el abogado del Estado en excedencia Leopoldo González-Echenique y el exsocio de Garrigues y Freshfields Fernando Bautista. 

37 recursos

Así, en menos de tres años, la Fundación ha interpuesto un total de 37 recursos, de los que 10 siguen en activo. De los ya resueltos, reivindican desde la entidad, ninguno les ha deparado el pago de ninguna costa: todos han servido, de forma parcial o total, para crear jurisprudencia a favor de la tauromaquia; muchos bien a través de querellas contra personas que hicieron "ataques vandálicos" contra símbolos taurinos o profirieron "mensajes insultantes" a defensores de la tauromaquia, y/o también de contenciosos contra la propia Administración Pública.

El más reciente de ellos ha derivado en la condena al Ayuntamiento de Binissalem por declararse como "localidad antitaurina": los tribunales sentenciaron que "es competencia del Estado la preservación el patrimonio cultural común, condición que las corridas de toros tienen atribuida por ley”, siendo el consistorio obligado al pago de las costas del procedimiento; caminos similares siguieron Pontevedra, Palma de Mallorca, AlicanteOrihuela o Villena (donde la Fundación ganó hasta tres instancias), entre otros. 

Los ayuntamientos ya han dejado prácticamente de hacer esas declaraciones, que eran anuladas y que empezaban a rozar, o incluso a caer, en la prevaricación"

"Normalmente los ayuntamientos nos tienen que pagar unos 3.000 euros públicos en costas. Pero a nosotros no nos interesa el dinero, nos interesa crear la jurisprudencia a favor de la tauromaquia", inciden desde la Fundación. "Ante ataques continuados a una expresión cultural, lo que ha hecho la Fundación no ha sido sido mirar el número de recursos sino poner coto a las diferentes vías de ataque, creando, a su
vez, un cuerpo jurídico de defensa del mundo del toro".

"Los ayuntamientos ya han dejado prácticamente de hacer esas declaraciones, que eran anuladas
y que empezaban a rozar, o incluso a caer, en la prevaricación", reivindica Gomá. "Los recursos en general han sido muy efectivos: los que amenazaban se excusaban de manera cobarde, y ha sido un aviso a navegantes de que si insultas ya no es gratis sino que puede que vayas al juzgado y te condenen (sigue habiendo insultos, es inevitable en las redes, pero la sensación ya es muy diferente, saben que hay alguien al otro lado y les puede salir caro), En este sentido, por ejemplo, (la concejal valenciana) Datxu Peris fue condenada a abonar 7.000 euros por intromisión ilegítima en el derecho al honor, retirar el mensaje de su red social (escribió que veía como "algo positivo" que el torero Víctor Barrio "dejara de matar" tras ser corneado mortalmente por un toro) y publicar la sentencia condenatoria en las mismas condiciones que publicó el mensaje en cuestión".

Jurisprudencia y negocio

Así, dentro de la jurisprudencia creada, sobresalen sentencias del Tribunal Constitucional y dos grandes líneas jurídicas.

"Desde una perspectiva de derecho público, los tribunales han venido diciendo que la Administración Pública no puede prohibir o establecer obstáculos insuperables a la tauromaquia, reforzando así la protección ya brindada por la legislación actual", señala Gomá. "Desde un punto de vista de derecho privado, los tribunales han puesto especial énfasis en los límites del derecho a la libertad de expresión, afirmando que 'la constitución no reconoce el derecho al insulto'". 

La doctrina del Constitucional protege en definitiva al hecho cultural de la tauromaquia, resume Gomá, al entender "que los toros existen en la realidad social española y que no cabe desconocer la conexión existente entre las corridas de toros y el patrimonio cultural español. La tauromaquia como hecho cultural tiene una forma de ser en España, es algo reconocible y se compone de sus tres tercios y la muerte del toro".

Según datos del sector, la tauromaquia sigue siendo un negocio importante, con un impacto económico nada desdeñable, de 4.150 millones de euros, el 0,36% del PIB. Si bien el número de corridas de toros tiende a caer año a año (de 810 a 369 en la última década), las celebraciones populares alrededor del animal (encierros, con cuernos en llamas, reses atadas, etc.) se mantienen en cifras elevadas (17.698 en 2018 frente a los 13.815 en 2014).

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