España

La Comunidad de Madrid impulsa una reforma para que la Asamblea no pueda nombrar jueces del TSJM

El Ejecutivo regional permite que los magistrados de estas salas sean nombrados directamente por el Consejo General del Poder Judicial

  • Asamblea de Madrid

El consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Enrique López, ha defendido el Proyecto de Ley con el que propone eliminar la potestad de la Cámara regional para proponer el nombramiento de una de cada tres plazas de juez en las Salas de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Con este Proyecto de Ley, que supone reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Demarcación y Planta Judicial, el Ejecutivo regional permite que los magistrados de estas salas sean nombrados directamente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

A juicio de López, la propuesta “va en el sentido contrario al de los abusos legislativos que buscan sin disimulo resquebrajar las bases de nuestro sistema constitucional”. Frente a esas intenciones, el consejero ha defendido una reforma que quiere “fortificar la apariencia de independencia del Poder Judicial con respecto al Poder Legislativo, sustentando, en equilibrio, a los poderes del Estado”.

Una reforma que también busca “mantener el vigor y la calidad de la democracia en España frente a la sociedad internacional en general y, especialmente, ante nuestros socios y aliados en la Unión Europea”, ha remachado López.

Eliminar las ternas de la Asamblea

El Proyecto de Ley defendido por el Gobierno regional en la Asamblea conlleva la modificación de dos artículos: el 330.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el 13.2 de la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.

En el primero de ellos se propone que en las Salas de lo Civil y lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, el CGPJ sea el encargado de cubrir por concurso una de cada tres plazas por un jurista de reconocido prestigio con más de diez años de ejercicio profesional en la comunidad autónoma. Hasta ahora la elección se realiza, a partir de una terna, a propuesta de la Asamblea de Madrid.

Con el cambio legislativo planteado, las restantes plazas también serían cubiertas por magistrados nombrados a propuesta del CGPJ entre los que lleven diez años en la categoría y en el orden jurisdiccional civil o penal y tengan especiales conocimientos de derecho civil, foral o especial, propio de la Comunidad, como ya se hace en la actualidad.

En el otro artículo que se modifica, se suprime la propuesta de nombramiento entre la terna promovida por la Asamblea de Madrid y, al igual que en el anterior punto, se sustituye por magistrados nombrados por juristas de reconocido prestigio, en la forma prevista en el artículo 330 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La reforma propuesta, una vez culmine su aprobación en la Asamblea madrileña, se remitirá como proposición de ley a la mesa del Congreso de los Diputados.

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