Madrid

La Justicia apartó al jefe de la UCI pediátrica de La Paz para proteger el "interés público" de la unidad infantil

Los magistrados reconocen que la propia realidad del conflicto, "evidentemente" resentiría el rendimiento de la Unidad de Cuidados Intensivos exclusiva para pacientes infantiles

  • Empleados de la UCI pediátrica se manifiestan a las puertas del Hospital de La Paz -

La UCI pediátrica de La Paz se prepara para su reapertura inminente. Este viernes, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha revocado la sentencia que ordeba readmitir al doctor Pedro de la Oliva como jefe de Servicio tras ser cesado por el Gobierno madrileño. La decisión judicial supone el primer paso para que los sanitarios se reincorporen a sus puestos y la planta vuelva a la normalidad.

Así lo han confirmado fuentes de la Consejería de Sanidad a Vozpópuli que detallan que la vuelta del equipo médico a la unidad infantil se desarrollará de forma gradual, conforme los trabajadores que están de baja vayan adquiriendo los partes de alta. Tras casi un mes en esta situación, la UCI pediátrica del Hospital Universitario La Paz volverá a operar a pleno rendimiento.

El fallo del TSJM supone un auténtico triunfo para el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso. Los magistrados no sólo estiman el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad de Madrid, si no que reconocen que "no cabe duda de que la ejecución provisional de la sentencia era susceptible de producir perjuicios irreparables o de imposible reparación", teniendo en cuenta que la vuelta del doctor De la Oliva probablemente reanudaría el conflicto patente en la planta y, por tanto, se resentiría su correcto funcionamiento.

El tribunal concluye que en este caso no se ha valorado adecuadamente la situación y que -aunque se había dictado una sentencia a favor- se tendría que "haber conducido a denegar la ejecución provisional" de reincorporación del jefe de Servicio a su puesto, "en aras de una elemental prudencia". De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo confirma que los daños que podrían producir su regreso al centro sanitario no afectarían solo a los denunciantes.

Postergar la situación de conflicto desfavorece el "interés público"

Según se describe en el auto, "los prejuicios que podrían derivarse de la ejecución provisional de la sentencia no se limitan a los intereses privados de los facultativos que integran la UCI pediátrica del hospital", sino que afectaría también al funcionamiento de la unidad. La propia realidad del conflicto, mencionan los magistrados, "evidentemente" resentiría el rendimiento de la UCI pediátrica, aunque solo fuera por el retraso provocado para buscar y adoptar medidas alternativas para garantizar el servicio.

Durante las últimas semanas, los pacientes que solían ser ingresados en esta unidad estaban siendo atendidos a otras zonas del hospital (reanimación posquirúrgica, hepatología y neonatología), por lo que tienen garantizada la asistencia, pero en otras unidades del centro sanitario.

La sentencia incide en que extender en el tiempo la situación de conflicto afecta al "interés público, dado el servicio asistencia que se presta en la UCI. Es decir, presta especial atención al perfil de pacientes atendidos en esta unidad del Hospital de La Paz, en este caso, niños.

No obstante, esta decisión judicial no es definitiva, ya que contra la misma cabe recurso de casación, lo que supondría seguir presentando batalla en los tribunales. La defensa detalla a Vozpópuli que el auto emitido el pasado 2 de enero y que ha dado lugar a esta última resolución del tribunal madrileño, a diferencia de lo que ocurrió en el juzgado de instancia, se inhibe a la hora de valorar las causas últimas del conflicto de la UCIP, una cuestión "clave" que, a su juicio, explica el resultado final.

Los abogados defienden que "si no se entran a valorar las causas del conflicto, no es posible entender que el Dr. de la Oliva actuó como lo hizo porque se estaban produciendo serios incumplimientos de seguridad por parte de determinados facultativos del Servicio". Señalan que para que el tribunal pueda determinar si en su defendido concurren o no las necesarias habilidades para gestionar a su equipo, es necesario valorar el fondo el asunto y la base del conflicto laboral.

Origen del cese del jefe de Servicio de la UCI pediátrica

Los letrados matizan, por tanto, que las decisiones y actuaciones del responsable de la UCI pediátrica estuvieron en todo momento motivadas por la necesidad de acabar con "un incremento alarmante de las tasas de infección, con el consiguiente riesgo para los pacientes y el posible aumento de la morbilidad y mortalidad".

Sobre este supuesto, añaden que "no ha podido acreditarse que la existencia de acoso". Premisa quedó recogida en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid, cuyo escrito concluye que "en el caso de autos no se está ante acoso laboral alguno de un jefe de servicio de la UCIP frente a sus facultativos subordinados, sino ante claros incumplimientos de unas órdenes impartidas por un superior jerárquico".

Aunque los dos últimos fallos del TSJM reconozcan el conflicto existente como base fundamental para acreditar la destitución del doctor Pedro de la Oliva, no entra a valorar las motivaciones primarias acreditadas por la dirección del hospital y por la Consejería de Sanidad para decretar el cese del jefe de Servicio de la unidad infantil.

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