España

Una mujer, condenada a pagar 60.000 euros por ocultar a su ex que no era el padre biológico de su hija

La Audiencia de Madrid ha fijado el pago de más de 62.000 euros

  • Imagen de archivo de un bebé.

Una mujer ha sido condenada por la Audiencia Provincial de Madrid a indemnizar a su exmarido con más de 60.000 euros por daños psíquicos y morales tras ocultarle durante tres años que no era el padre biológico de su hija. La menor es fruto de una relación con un compañero de trabajo.

La pareja mantuvo una relación entre el año 2003 y 2007 y en marzo de 2009, volvieron a retomarla después de que el hombre saliera de un seminario. Desde entonces decidieron tener una “relación de castidad”, según la demanda recogida por la ‘Cadena Ser’. A pesar de ello, la menor nació en agosto de 2010 después de una relación sexual “no completa, sin penetración” entre nueve y diez meses antes.

Una prueba de paternidad confirmó en 2011 que el compañero de trabajo es el padre

La mujer, según este relato, había mantenido una relación esporádica paralela con un compañero de trabajo y ya en 2011, a través de una prueba de paternidad, supo que el padre biológico de la niña era él y no su marido, algo que no comunicó al demandante hasta 2013. Un año más tarde la Justicia aceptaba el cambio de filiación de la niña.

La Audiencia Provincial de Madrid considera que la mujer debe indemnizar a su exmarido con más de 62.000 euros por ocultar durante años la verdadera paternidad  de la niña.

La Audiencia concluye en su sentencia, que es recurrible, que existe ya que existe “un comportamiento o conducta culposa que ha generado causalmente un daño derivado de esa ocultación” ya que la mujer no comunicó “las dudas sobre la paternidad ni en el momento de conocer que estaba embarazada, ni posteriormente”.

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