La decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio por Bateragune al líder de la izquierda abertzale, Arnaldo Otegi, y el resto de condenados abre la puerta a que el Estado les tenga que pagar una cuantiosa indemnización en caso de ser absueltos por los años que pasaron en prisión tras su arresto en 2009 por integración en ETA, según confirman a Vozpópuli fuentes jurídicas.
Destacan estas fuentes que la actual doctrina del Tribunal Constitucional facilita el acceso a este tipo de indemnizaciones, en ocasiones millonarias. Históricamente, el Estado no indemnizaba a nadie que hubiese sido absuelto salvo en los contados casos en los que se acreditase que los hechos por los que hubiese sido juzgado jamás existieron. Esto no incluía, por ejemplo, a los absueltos por falta de pruebas aunque formalmente fuesen considerados inocentes.
Pero eso cambió desde octubre de 2019, cuando una sentencia del Tribunal Constitucional avaló que se indemnizase a todos aquellos que hubiesen sido absueltos tras permanecer privados de libertad en un centro penitenciario. A modo de muestra de las cantidades que se reclaman, Vozpópuli tuvo acceso a varias resoluciones del TC que ordenaban atender la reclamación de varios juzgados por yihadismo que acabaron absueltos.
Eran tres individuos vinculados en su día a los atentados del 11-M en Madrid y a la célula de Al Qaeda en España. Uno de ellos pedía 440.000 euros por cuatro años preso a la espera de sentencia firme en el Supremo. Otro reclamaba 395.000 por un periodo similar, pero el tercero exigió casi seis millones de euros. El Tribunal Constitucional anuló las resoluciones de la Administración que les denegaban estas indemnizaciones y ordenaba empezar el proceso desde el principio. Casi un año después, el caso de estos tres absueltos sigue en trámite.
Críticas a esta doctrina
Algunos jueces consideran una aberración esta doctrina del Tribunal Constitucional. Ponen como ejemplo el caso de un narcotraficante en prisión preventiva por haber introducido cinco toneladas de droga que acabe absuelto por un defecto procesal como la anulación de unas escuchas. También habría que indemnizarle, advierten.
El caso de Arnaldo Otegi y el resto de condenados por Bateragune es atípico. En su caso se repetirá el juicio después de que el Tribunal Supremo anulase este verano la condena impuesta en su día. Lo hizo en coherencia con una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dio la razón a Otegi y avaló el "temor legítimo" de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal.
La razón era la presencia en ese tribunal que les juzgó en la Audiencia Nacional de Ángela Murillo, una magistrada que había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en un juicio anterior por enaltecimiento del terrorismo en el que estaba acusado también Otegi. Los procesados pidieron su recusación, pero fue rechazada por los tribunales españoles. Consideraron que Bateragune era un procedimiento distinto.
El abogado de Otegi aseguró que reclamaría
La sentencia europea rechazaba cualquier indemnización para los recurrentes en concepto de daño moral, considerando suficiente la constatación de la declaración de la vulneración del derecho solicitado. Sin embargo, tras la anulación de la sentencia por parte del Tribunal Supremo, el abogado de Otegi, Iñigo Iruin, advirtió de que "la pelea jurídica” no había concluido. Ante los medios de comunicación anunció que iba a reclamar que se declare la "responsabilidad patrimonial del Estado" por los perjuicios causados y que solicitaría una indemnización.
Las fuentes jurídicas consultadas indican que esa reclamación queda ahora paralizada a la espera del nuevo juicio. Pero coinciden en que una absolución da derecho a exigir una reparación económica por el tiempo pasado privado de libertad. En su caso no es la resolución de un recurso, sino la repetición de un juicio casi diez años después. Como mínimo, habrá que tener en cuenta las dilaciones indebidas, avisan estas fuentes. Ese concepto siempre repercute como un atenuante a la hora de fijar la condena.
En caso de que resultase absuelto, solo en prisión preventiva Otegi pasó dos años y siete meses entre rejas, desde que fue arrestado en octubre de 2009 hasta que su condena fue firme en el Tribunal Supremo en mayo de 2012. Fue detenido por tratar de recomponer la ilegalizada Batasuna a las órdenes de ETA. La Audiencia Nacional le condenó a diez años de prisión por integración en banda terrorista en grado de dirigente. Luego el Supremo rebajó su condena a seis años y medio al no hallar razones para considerarle dirigente.