Los dirigentes de Podemos Íñigo Errejón, Carolina Bescansa y Gloria Elizo testificaron el pasado 5 de octubre ante el juez por una purga en Cataluña tras meses esquivando los tribunales. Vozpópuli, que dio cuenta de la vista, ofrece ahora en exclusiva imágenes de sus declaraciones, realizadas vía plasma desde Madrid por citación del Juzgado de Primera Instancia número 28 de Barcelona.
Se trata del primer juicio que se celebra contra Podemos. Este procedimiento parte de la demanda presentada por el profesor Enric Martínez, excluido por la dirección nacional de Podemos en enero de 2015 cuando concurría a las primarias como candidato a la secretaría general del partido en Cataluña.
El Comité de Garantías de la formación morada le expedientó con la expulsión por haber realizado "declaraciones contrarias a la línea política esencial de Podemos", en concreto cuestionando el nivel de democracia interna y sobre todo que se apostara por "derecho a decidir" en Cataluña. Esta forma de ir contra quien discrepe en alguna cuestión estratégica queda patente en la declaración que hace Elizo en sede judicial y que recoge el citado vídeo. Elizo es presidenta de la Comisión de Garantías y vicepresidenta cuarta de la Mesa del Congreso de los Diputados.
Errejón se limitó a declarar ante el juez que entre sus funciones no está la de supervisar procesos internos
Además, Martínez fue acusado de "menoscabar infundadamente la reputación de un candidato" por sus "ataques personales" al secretario general de Podemos en Barcelona, Marc Bertomeu. La candidatura de Martínez, denominada 'Unidos' (desde julio de 2015 constituye el partido 'Unidos Sí'), de orientación obrerista, sostenía que "los catalanes no sufren ninguna opresión que les dé derecho a la secesión según la legislación internacional y las principales doctrinas políticas sobre la materia".
La causa sigue el procedimiento ordinario del artículo 249.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), el que se ocupa de las demandas que "pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y las que pidan la tutela judicial civil de cualquier otro derecho fundamental, salvo las que se refieran al derecho de rectificación".
Pero la expulsión de Martínez no sólo estuvo motivada por manifestarse contrario a un referéndum en Cataluña. La dirección estatal de Podemos, mediante su Comisión de Garantías, también esgrimió que su candidatura no había sido avalada por un círculo territorial (agrupación de base), por lo que no pudo ser validada, según la normativa interna. Extremo que Martínez niega ya que todos los miembros de su candidatura obtuvieron y recibieron el aval del Círculo Podemos de San Feliú de Llobregat.
La parte demandante considera que hubo una "vulneración evidente de las garantías de participación asociadas al derecho de asociación, en cuanto a la formulación de la validación negativa por la Comisión de Garantías, con lo que debe decaer también la segunda objeción formulada en el escrito de contestación".
¿Órgano independiente?
Además, el demandante subraya que es "falsa" la supuesta independencia que hay entre la dirección de Podemos y la Comisión de Garantías del partido, pese a la versión que los diputados Errejón, Bescansa y Elizo defendieron ante el juez, como puede verse en el vídeo de sus declaraciones que publica Vozpópuli. "La Comisión de Garantías Democráticas, un órgano que ha sido elegido en el Congreso de Vistalegre en su totalidad, en el seno de la lista oficialista, instruye, impone la sanción y también resuelve el recurso", señala Martínez. Y es que los diez integrantes de la Comisión de Garantías, elegidos en primarias online, salieron de la candidatura afín a Pablo Iglesias, líder del partido.
Por su parte, Errejón, citado como responsable de la orientación política de Podemos, la que blandió la Comisión de Garantías contra Martínez por su posición contraria a la autodeterminación, se limitó a declarar ante el juez que entre sus funciones dentro del partido no está la de supervisar procesos internos como las primarias a Podemos Cataluña o la resolución de expedientes disciplinarios, competencias que atribuyó a dicho órgano de Garantías. Las partes deben ahora presentar sus conclusiones al juez.