El Grupo Parlamentario Vox ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la Ley balear que contempla la opción de imponer la vacunación obligatoria de determinados colectivos. Así lo ha anunciado la diputada Macarena Olona este miércoles a través de las redes sociales.
"El Grupo Parlamentario Vox recurre ante el TC la Ley balear que impone la vacunación obligatoria y el confinamiento forzoso, entre otras medidas ilegales. Nos están adiestrando para vivir resignados y sometidos a golpe de BOE. Vox está luchando a golpe de recurso. No os rindáis", ha escrito la parlamentaria.
La vacunación sigue sin ser obligatoria en España. Pero el Gobierno de Francina Armengol, a través de un decreto ley acordado con el Gobierno central, modificó la ley de Salud Pública y cabe la posibilidad de poder imponer la vacuna en determinados colectivos que siguen sin concretarse.
Se trata del decreto Ley 5/2021, de 7 de mayo, por el que se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de Salud Pública de las Illes Balears, y el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la Covid-19.
Entre otros aspectos, la nueva norma habilita al Ejecutivo para imponer la vacunación obligatoria de determinados colectivos. En el artículo primero, apartado 2 letra E, podemos leer lo siguiente:
"Sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación para determinados colectivos o la inmunización, con información, en todo caso, de los posibles riesgos relacionados con la adopción o la no adopción de estas medidas".
La nueva norma contempla la opción de imponer la vacunación obligatoria de determinados colectivos
De acuerdo al decreto balear, que fue publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 60, de 8 de mayo de 2021 y en el BOE nº 166, de 13 de julio de 2021, se pueden adoptar otras medidas como las destinadas al "control del entorno inmediato de las personas enfermas o de las personas que estén o hayan estado en contacto con estas, así como de las zonas afectadas".
A tal efecto, dice el texto, se entiende por zona afectada aquellos lugares geográficos en los que sean necesarias medidas sanitarias de control de la propagación de la enfermedad. "La determinación de la zona afectada se efectuará de acuerdo con los principios de precaución y proporcionalidad, procurando, siempre que resulte posible y eficaz, actuar lo antes posible o con más intensidad o medida sobre las zonas concretas en las que se produzca la mayor afección, para evitar perjuicios innecesarios al resto de la población".
En concreto, se habla de medidas que comporten la limitación o la restricción de la circulación o la movilidad de las personas dentro de la zona o la isla o las islas afectadas o en determinados lugares y espacios dentro de esta zona o en determinadas franjas horarias. También del control de la salida de la zona o la isla o las islas afectadas o de entrada en estas, incluido el establecimiento de pruebas diagnósticas previas o posteriores.
El recurso de Vox
Según reconoce Vox en la denuncia ante el TC a la que ha tenido acceso Vozpópuli, el partido es "consciente de la gravedad de la crisis ocasionada por la propagación del virus SARS-CoV-2, que constitucionalmente legitimaría la utilización por el Gobierno balear de la norma de urgencia (art. 49 Estatuto de Autonomía de las Illes Balears)" y advierte que el recurso no discute la existencia de "una extraordinaria y urgente necesidad, ni tampoco la conexión de sentido entre la situación excepcional que se define y las medidas que se adoptan para conseguir el objetivo que se persigue.
Lo que se plantea, explica Vox, es la inconstitucionalidad del precepto que se impugna por infracción de los límites materiales del art. 86 CE, al resultar afectados los derechos a la libertad de circulación y de residencia (art. 19 CE), a la libertad personal (art. 17.1 CE), a la integridad física (art. 15 CE), a la intimidad personal (art. 18.1 CE) y el derecho de reunión (art. 21 CE). La formación liderada por Santiago Abascal señala que la nueva ley balear "altera sustancialmente la posición de los ciudadanos en relación con los mencionados derechos".
Viene a aprobar sus propias medidas restrictivas de derechos fundamentales, pero de una forma permanente
"Resulta claramente vulnerador de la Constitución, el artículo primero, apartado 1 del D-ley 5/2021, pues la modificación que introduce en la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de Salud Pública de las Illes Balears, al añadir un nuevo artículo 49 bis apdos. 2 y 3, ignora la prohibición de afectar a los derechos, deberes y libertades contemplados en el título I de la Constitución en cuanto limita de manera ilícita el contenido esencial de los derechos consagrados en los arts. 15, 17.1, 18.1, 19 y 21 CE", sostiene el partido.
Los diputados de Vox denuncian ante el TC que la comunidad liderada por la dirigente socialista Francina Armengol, "habiendo finalizado el estado de alarma y no hallándose, por tanto, amparada en esa aquiescencia extraordinaria que el Gobierno le concedió, viene a aprobar sus propios criterios y medidas restrictivas de derechos fundamentales, pero de una manera permanente y estable". Según la formación parlamentaria, Baleares vulnera de esta forma los derechos fundamentales y contraviene el orden competencial constitucionalmente establecido.