El PP vuelve al ataque -judicial- contra el asalto del Gobierno al Tribunal Constitucional. El Grupo Parlamentario Popular ha formulado la recusación de los dos magistrados elegidos por Sánchez, el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo en Moncloa y en la Generalitat Laura Díez, en siete recursos de inconstitucionalidad que tendrá que resolver el Alto Tribunal... y que fueron presentados cuando ambos todavía pertenecían al Ejecutivo.
En concreto, el PP formula recusación contra Campo y Díez en los recursos de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-Ley de 19 de enero de 2021, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, al entender el PP que favorece la okupación; contra varias disposiciones de la Ley de Presupuestos de 2021 que restableció el Impuesto de Patrimonio; contra la 'ley Celaá'; y contra la Ley del Poder Judicial de 1 de julio de 2021, que limitó las competencias del Consejo General del Poder Judicial estando en funciones.
También se recusa a ambos en las causas sobre la denominada ley de eutanasia; sobre reparto en plataformas digitales o ley rider, contra varios puntos del Real Decreto-Ley de 4 de mayo de 2021 sobre el estado de alarma por el Covid; y contra varios artículos de un decreto ley y una ley de Cataluña de 2022 sobre proyectos lingüísticos y uso de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.
En esta última, Campo ya no era ministro de Justicia, pero desde el PP recuerdan que Laura Díez participó en la elaboración de dictámenes sobre la enseñanza de lenguas cuando formaba parte del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña.
Por otra parte, el PP también presenta recusación a Juan Carlos Campo en el recurso de amparo presentado por los populares en relación a las enmiendas 61 y 62 sobre la reforma de las leyes orgánicas del TC y del CGPJ, que se quisieron introducir en la normativa sobre derogación de la sedición y rebaja de la malversación, y con el que el PP consiguió las cautelarísimas del Constitucional para frenar su tramitación en el Senado.
"Adolecen de parcialidad"
Cargos del PP consultados con Vozpópuli explican que las recusaciones se presentan "al considerar que ambos magistrados nombrados en el TC por el Gobierno incurren en alguna de las causas de recusación previstas en el apartado 13 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".
Así, entre las causas de recusación incluidas en dicha normativa figura la "amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes; haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo; o haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".
Las fuentes consultadas destacan que "a los magistrados del Tribunal Constitucional se les aplica la misma normativa que al resto" y que, en este caso, "cualquiera puede apreciar que ambos adolecen de parcialidad" y, por tanto, "no deberían decidir en recursos contra su propio Gobierno".
El nombramiento, a Europa
Los cargos del PP contactados por este medio explican que si Campo y Díez no admiten la revocación, "ese auto se presentará a las instancias europeas". Un objetivo, el de llevar estos nombramientos a Bruselas, para el que el Partido Popular ya ha encontrado la vía adecuada: "Este asunto tendrá recorrido internacional".
En el PP destacan, además, que la falta de independencia de un tribunal ya fue clave para que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tumbara el juicio contra Arnaldo Otegi en noviembre de 2018.
El tribunal de Estrasburgo observó entonces “parcialidad” de una magistrada del tribunal que condenó al dirigente abertzale por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna. El organismo dio por bueno el argumento de Otegi contra la magistrada Ángela Murillo, teniendo en cuenta que teniendo que sólo dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado la recusación de la jueza en otro caso.
Desde el PP apuntan que, pese a las diferencias entre un caso y otro, "Europa es muy sensible a la falta de imparcialidad de los jueces y nuestra propia normativa apunta que haber ocupado un cargo público, y haber participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito son causas suficientes para que ambos queden fuera de los recursos presentados contra su propio Gobierno".
Las mismas fuentes añaden que "estas son las consecuencias de nombrar a antiguos integrantes del Gobierno" y destacan la "soberbia de Sánchez y de Bolaños "Podrían haber elegido a otros que votaran lo mismo, pero se arriesgaron. Es una demostración de chulería que les puede salir mal".