España

Seis preguntas sobre la pornografía actual

Algunos estudios afirman que un 68% de los adolescentes consumen pornografía. El 53,8% ha accedido por primera vez a la pornografía antes de los 13 años y un 8,7%, antes de los 10

  • Representación de un usuario consumiendo pornografía -

La actual pornografía se consume por internet y tiene algunas otras características que la hacen diferente a la pornografía tradicional. Por un lado, está el aumento de la calidad de imágenes. Al mismo tiempo, destaca su carácter asequible, puesto que suele ser gratuita, pero se monetiza con publicidad o con contenidos premium e invitación a contactos pagados.

Su disponibilidad es inagotable, con una constante expansión de cientos de miles de filmaciones. No pone límites a las prácticas sexuales expuestas, desde las convencionales a otras de gran riesgo o ilegales.

Además, puede ser anónima o interactiva, es decir, permite desde la visualización hasta las relaciones cara a cara a distancia, en un nuevo contexto de acceso a la prostitución.

No existe consenso científico, hoy por hoy, sobre el impacto de la nueva pornografía en los menores y jóvenes nativos digitales. Sí hay unanimidad en que su consumo ha obtenido cierta carta de normalidad en buena parte de la sociedad española, en particular entre varones.

El 50% de las webs analizadas incluyen vídeos que se refieren a actos sexuales sin consentimiento de la mujer. También se presentan los actos de violencia como algo deseado por las mujeres.

En este punto, cabe preguntarse si los poderes públicos deben inhibirse de esta controversia a la espera de estudios más concluyentes o adoptar medidas de cautela. Vamos, a continuación, a ampliar la información sobre la pornografía y detallar algunas medidas que se han propuesto al respecto.

1. ¿Se trata de un consumo muy extendido entre los adolescentes?

Algunos estudios afirman que un 68% de los adolescentes españoles consumen pornografía. De las personas encuestadas, el 53,8% ha accedido por primera vez a la pornografía antes de los 13 años y un 8,7%, antes de los 10.

El Informe de 2020 del Consell de l'Audiovisual de Catalunya El acceso de las personas menores de edad a contenidos de pornografía en internet señala que el 50% de las webs analizadas incluyen vídeos que se refieren a actos sexuales sin consentimiento de la mujer. También se presentan los actos de violencia como algo deseado por las mujeres. Aunque ese no es el único tipo de contenido, lo cierto es que alcanza un alto grado de visualizaciones.

2. ¿Qué aprenden sobre sexualidad con la pornografía?

Algunos autores aseguran que se interioriza en las chicas "un modelo físico hegemónico". Otros subrayan que se les enseña una sexualidad marcada por el dominio masculino y la prioridad de buscar el placer más físico, inmediato y egótico y la silenciación del deseo femenino.

3. ¿Afecta lo que ven al fomento de la igualdad?

Existen publicaciones científicas que afirman que la pornografía contrarresta la igualdad y el acercamiento entre sexos y fomenta especialmente la irresponsabilidad reproductiva de los hombres, además de normalizar el uso de la violencia en las relaciones sexuales.

Por otro lado, algunos estudios han encontrado correlación entre la exposición a la pornografía y las prácticas sexuales de riesgo, que pueden aumentar la posibilidad de enfermedades de transmisión sexual. Ahora bien, otros autores niegan la correlación o causalidad entre consumo de la pornografía y aumento de la violencia sexual.

4. ¿Qué dice la Fiscalía General de Estado?

Desde otro punto de vista, la Fiscalía General del Estado en España advierte del progresivo incremento de los delitos contra la libertad sexual, también de aquellos contra menores, y de aquellos perpetrados por menores. Textualmente alerta de "la despreocupación y banalidad con que se afrontan las relaciones sexuales entre adolescentes". Y advierte de que en alguna comunidad autónoma se detecta "un incremento de enfermedades de transmisión sexual en ese segmento de edad e incluso de embarazos no deseados… Ese inicio precoz se vincula, fundamentalmente, al acceso a la pornografía en dispositivos móviles desde edades impúberes".

5. ¿Qué deberían hacer los poderes públicos?

Ante esta situación de incertidumbre científica, pero sobre la que algunos indicios señalan la posible existencia de un riesgo grave para los jóvenes y menores, los poderes públicos pueden acudir al principio de precaución para avalar jurídicamente políticas públicas de restricción de la oferta.

Este principio tiene su origen en el derecho comunitario, y se ha extendido a toda materia de gestión de riesgos. Otorga a los poderes públicos un fundamento para decidir en situaciones de acreditada incertidumbre científica.

6. ¿Cómo afrontan este asunto algunos países europeos?

Algunos países están desarrollando medidas para dificultar el acceso en internet a los contenidos pornográficos a menores de edad. Entre otras soluciones técnicas, se podría establecer de modo normativo la obligatoriedad de que la URL de estos contenidos esté marcada con la extensión de dominio .xxx, lo cual facilitaría su filtrado mediante el correspondiente software. Es decir, un dominio de nivel superior o Top Level Domain (TLD, por sus siglas en inglés).

El dominio de nivel superior existe desde el año 2011 y está destinado a ser utilizado exclusivamente para sitios web que contengan contenido pornográfico. Sin embargo, su uso no es obligatorio y los productores de estos contenidos los comercializan usando otros TLD más comunes como .com o .net.

Otra posibilidad es la implementación obligatoria de sistemas opt-in para identificar la edad y restringir el acceso de menores, como se debate en algunos países europeos como Italia y Reino Unido.

En Francia se está elaborando en estos momentos una novedosa ley que, precisamente, establece esta obligación con importantes sanciones por su incumplimiento. Recientemente España ha creado un grupo de trabajo coordinado por la Agencia Española de Protección de Datos para estudiar la implantación de mecanismos de verificación de edad a través de sistemas no invasivos que impida el acceso de menores a este tipo de contenido.

Juan José Guardia Hernández, Profesor de Derecho administrativo, Universitat Internacional de Catalunya y Marc Serveto Font, Asistente de investigación, Universitat Internacional de Catalunya.

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

The Conversation

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