La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado la entrada de prisión de la mujer que ha sido condenada a 40 años menos dos días de cárcel por obligar a sus tres hijos menores de edad a mantener relaciones sexuales con un hombre a cambio de dinero en una localidad de la provincia sevillana. Igualmente, ha dictado una orden de encarcelamiento contra el varón, de 79 años de edad, que fue condenado a 36 años de edad por pagar por disfrutar de esas relaciones.
Según han indicado fuentes del Tribunal Superior de la Justicia (TSJA) a Europa Press y ha adelantado este viernes Diario de Sevilla, la Sección Tercera ha dictado este ordenamiento tras solicitud de una de las partes.
Cabe apuntar que, según han indicado fuentes del caso a Europa Press, la Fiscalía había solicitado que ambos condenados estuviera en libertad provisional mientras se resolvían los recursos de casación ante el Tribunal Supremo que han planteado.
De otra parte, el tribunal fijó en ambos casos el límite máximo de cumplimiento en 20 años de cárcel y declarando extinguida por ley las que exceden de dicho límite.
"Cooperadora necesaria"
La Audiencia condena a la acusada, como cooperadora necesaria de dos delitos continuados de agresión sexual con introducción de miembros corporales en concurso ideal con dos delitos continuados de prostitución de menores, a la pena por cada uno de ellos de 15 años de prisión, cinco años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse o de comunicar con dos de los menores durante otros 15 años, tal como informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado.
En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala condena a la investigada a nueve años de cárcel y la prohibición de aproximarse o comunicar con el tercero de sus hijos durante nueve años como cooperadora necesaria de un delito continuado de agresión sexual sin introducción de miembros corporales en concurso ideal con un delito continuado de prostitución de menores.
De igual modo, condena a la acusada, como autora de dos delitos continuados de maltrato habitual, a la pena por cada uno de ellos de seis meses menos un día de cárcel y la prohibición de aproximarse o comunicar con dos de los menores durante tres años, imponiéndole además la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto de uno de sus hijos durante un año menos un día.
Por otra parte, la Sala absuelve a la acusada de los dos delitos de abandono de familia por los que fue acusada al entenderlos absorbidos en los delitos de maltrato habitual mencionados.
En el caso de la acusada, la Sala aprecia la agravante de parentesco respecto de los delitos de prostitución de menores y las atenuantes de grave adicción, tanto al alcohol como a las drogas, y alteración psíquica respecto de los dos delitos de maltrato habitual.
Delitos de agresión sexual
Respecto al acusado, el tribunal le atribuye dos delitos continuados de agresión sexual con introducción de miembros corporales en concurso ideal con dos delitos continuados de prostitución de menores y le impone por cada uno de ellos la pena de 14 años de cárcel, la prohibición de aproximarse o comunicar con dos de las víctimas durante 14 años y cinco años de libertad vigilada.
Además, le condena por un delito continuado de agresión sexual sin introducción de miembros corporales en concurso ideal con un delito continuado de prostitución de menores a la pena de ocho años de prisión y la prohibición de aproximarse o comunicar con uno de los menores durante ocho años.
Por los delitos continuados de agresión sexual en concurso ideal con los delitos continuados de prostitución de menores, ambos acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente con un total de 140.000 euros a las tres víctimas.