La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha iniciado actuaciones de investigación a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para obtener información en relación con la orden publicada ayer en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid sobre el registro de determinados datos en los locales de ocio.
Así lo ha informado la propia AEPD en su cuenta de Twitter después de que ayer el Ejecutivo autonómico diera luz verde a la orden que regula el registro de entrada que deben desplegar estos establecimientos dentro de las nuevas medidas para hacer frente al coronavirus.
La resolución formulada recoge que a fin de posibilitar el seguimiento y localización de posibles contactos en los casos de descubrimiento posterior de presencia en el local de casos positivos, probables o posibles de covid-19, los establecimientos a los que se refiere el presente apartado "deberán llevar un registro de las personas que accedan a los mismos en el que se recoja la fecha y hora, nombre y apellidos y un número de teléfono de cada persona que accede al local para facilitar su localización por las autoridades sanitarias en caso de que sea necesario".
La recogida de tales datos requerirá el consentimiento del interesado, "sin perjuicio de condicionar el derecho de admisión" por razones de salud pública en caso de no poder contar con el mismo.
Además, Sanidad pauta que el establecimiento deberá conservar los datos durante el plazo de 28 días naturales con las debidas garantías y observando las exigencias derivadas de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
Los citados datos estarán a disposición, exclusivamente, de las autoridades sanitarias y con la "única finalidad" de realizar el seguimiento de posibles contactos de casos positivos, probables o posibles de coronavirus.
No obstante, la Comunidad de Madrid no requerirá finalmente a los clientes de locales de ocio nocturno y salones de banquetes el aportar el DNI en el registro.