No ha sentado nada bien a la Abogacía del Estado que el titular del Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid, el juez Antonio Serrano Arnal, les haya impedido acceder al último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que ha sido incorporado al sumario del denominado caso Rato.
En dicho documento, desvelado por El Mundo, los agentes de la UCO sostienen que el exministro de Economía y ex director gerente del FMI Rodrigo Rato blanqueó dinero cuando ocupaba estos cargos de alta responsabilidad. Según la Guardia Civil, "cuando Rato era vicepresidente del Gobierno escondía 7 millones en el extranjero" y "facturó 31,2 millones a través de su empresa opaca mientras dirigía la institución internacional".
En el citado informe, los agentes se centran en analizar el delito de blanqueo de capitales cometido presuntamente por varios acusados -entre ellos Rato y su secretaria Teresa Arellano- en el marco de este procedimiento. Esta es la razón por la que el instructor de Plaza de Castilla decidió ordenar que se hiciese una notificación selectiva en vez de disponer que el documento de la UCO se trasladara a todas las partes personadas en esta causa.
Esto ha provocado que la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria y el FROB, no hayan podido acceder al mismo. Por este motivo, dicha acusación particular ha remitido un informe al Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid donde recurre esta decisión de Serrano Arnal y denuncia que se está vulnerando su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Una decisión "arbitraria"
"Entendemos que vulnera nuestro derecho a la tutela judicial efectiva el que se estime, arbitrariamente por parte del juzgador, que no se nos da traslado de una diligencia de prueba válidamente practicada en fase de instrucción y que, además, está íntimamente vinculada a los delitos contra la Hacienda Pública investigados", denuncia la Abogacía del Estado en su recurso.
En su escrito, la acusación particular explica que "si bien es cierto que el atestado de la UCO puede referirse únicamente a la investigación de un delito de blanqueo de capitales, no lo es menos que dicho delito puede estar íntimamente conectado a los posibles delitos fiscales que se investigan también en la presente causa".
De esta forma, la Agencia Tributaria subraya que su Oficina Antifraude (ONIF) ha señalado a lo largo de la instrucción del caso Rato que los delitos contra la Hacienda Pública aquí investigados pueden ser delitos subyacentes al delito de blanqueo de capitales. Igualmente, la Abogacía del Estado defiende que al haber admitido el magistrado su personación como perjudicada directa del presunto fraude llevado a cabo por el expresidente de Bankia pueden formular acusación por "todos los hechos investigados".
El presente recurso ha sido presentado ante el juzgado de Plaza de Castilla y, subsidiariamente, ante la Audiencia Provincial de Madrid.