España

El Supremo evidencia la corrupción de Convergència en la condena del 'caso Palau'

La Sala de lo Penal ha confirmado la condena a la extinta CDC de 6,6 millones de euros, monto que tendrá que devolver por cobrar comisiones ilegales a través del Palau de la Música

  • Los agentes de la Guardia Civil durante el registro de la sede de CDC en Barcelona

"Desde un inicio, y la dinámica delictiva probada lo muestra, el objeto del tráfico era la consecución de estas dádivas para el partido". El Tribunal Supremo ha evidenciado la corrupción de Convergència Democrática de Catalunya (CDC) en la sentencia de 440 folios en la que confirma la mayoría de las condenas del caso Palau. Tras varios meses de deliberación, los magistrados de la Sala de lo Penal han considerado probado que la formación catalana cobró comisiones ilegales a cambio de obra pública a través del Palau de la Música. 

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso presentado por Convergència contra el comiso de 6,6 millones de euros derivados de las mordidas que recibió. Los jueces han estimado pertinente que se devuelva el dinero al considerar que tres personas han sido condenadas por actuar como intermediarios de estas dávidas. Se refieren a Félix Millet y a Jordi y Gemma Montull, quienes mediaron para el "establecimiento, mantenimiento y funcionamiento de un sistema por el cual la sociedad Ferrovial-Agroman, mediante el pago de comisiones a la formación política Convergència Democrática de Catalunya, obtenía la adjudicación de determinados concursos y licitación para la construcción de obra pública en la comunidad autónoma".

En la sentencia emitida este jueves, el Supremo ha confirmado los hechos que ya acreditó la Audiencia Provincial de Barcelona en 2017. Según consta en el fallo, en Cataluña se pagaron comisiones de hasta el 4% en concursos que eran promovidos por entidades autonómicas o locales, cuyos gobiernos estaban conformados por miembros de CDC, a cambio de adjudicaciones.

Tráfico de influencias

"Existe prueba suficiente para tener acreditada de modo inequívoco, la comisión de un delito continuado de tráfico de influencias". Así lo han concluido los magistrados en su resolución sobre los acusados tras apreciar un "intercambio de favores, donde todos resultan favorecidos", en una cadena de "dinero por favores", que se traduce en la "esencia de la corrupción".

En el caso de Ferrovial, las mordidas se simularon bajo el patrocinio de las actividades del Palau. El dinero llegó luego a CDC a través de convenios simulados con CatDem, fundación afín al partido. Los jueces han concluido que "estas cantidades que ingresa Ferrovial en cuentas del Palau, en principio, son equivalentes a las que salen en favor de Convergéncia, si sumamos las que por su intermediación se quedan para sí los Srs. Millet y Montull".

El expresidente del Palau de la Música Félix Millet.

Ante el recurso de los condenados, el Supremo ha estimado que aunque desde junio de 2003 no se acreditaran conductas de tráfico de influencias, "en modo alguno puede predicarse prescripción de esa conducta delictiva". La Sala ha recordado que "en la vía empleada para que llegaran los fondos abonados por Ferrovial en pago del tráfico de influencias prestado por Convergència", los acusados incurrieron "en falsificación de documento mercantil perpetrada por funcionario público, conminado entre otras penas con prisión de tres a seis años".

La sentencia ha confirmado que la formación catalana recibió 6,6 millones de euros en dávidas a través de sus tesoreros por el "ejercicio de influencias". A su juicio, según se recoge de las pesquisas practicadas desde 2009, "todo el entramado fue diseñado para hacer llegar las comisiones" al partido. Por ello, han precisado en su resolución que Convergència "no puede ser considerara un tercero de buena fe, sino una de las tres partes que salió beneficiada de la actividad delictiva"

Caso 3%

Al margen de las conclusiones emitidas en el caso Palau, la Audiencia Nacional investiga desde 2018 a las formaciones CDC y PDeCAT como personas jurídicas por presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y blanqueo. El juez José de la Mata, a cargo de la instrucción, advirtió el pasado 21 de abril de la "complejidad, extensión y volumen que han alcanzado" las actuaciones llevadas a cabo en esta causa.

El extesorero de CDC Daniel Osàcar (d) junto a su abogado.

En el marco de las pesquisas, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 abrió una nueva pieza separada para investigar el presunto blanqueo de capitales desarrollado por excargos de CDC. El magistrado avisó entonces que la estructura de financiación ilegal y posterior blanqueo en Convergència "no se limita a los períodos temporales y actividades investigadas" en el caso 3%. Según consta en el auto, desde 1999 se recibieron en el partido "grandes cantidades de dinero en efectivo" en concepto de "comisiones" para "asegurar el flujo de adjudicaciones" . 

De la Mata explicó que la estructura del partido "no se conforma de manera asistemática y casual, sino ante una estrategia cuidadosamente planificada e implementada para financiar ilegalmente a CDC, en forma encubierta". A su juicio, todo corresponde a "un plan preconcebido, proyectado en el tiempo con una visión de largo plazo, ordenado de acuerdo con las directrices emanadas de la cúspide de la organización".

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