El Tribunal Supremo ha anulado el Plan Hidrológico del Tajo por no fijar caudales ecológicos en Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina, según ha informado este sábado la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo. Esta sentencia, emitida el pasado 11 de marzo, resuelve el recurso contra el vigente Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo aprobado por el Real Decreto 1/2016.
El recurso fue interpuesto en 2016 por la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche de Talavera de la Reina, la asociación GRAMA (Grupo de Acción para el Medio Ambiente), la asociación Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, el Ayuntamiento de Mantiel (Guadalajara) y la asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, según ha indicado la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo en nota de prensa.
El Alto Tribunal declara la nulidad de varios artículos de la normativa del Plan Hidrológico Nacional
"En una sentencia histórica, que supone un triunfo sin precedentes para las plataformas y colectivos ciudadanos que llevan años luchando por mejorar el estado del Tajo y sus ríos". El Tribunal Supremo, según la Plataforma, "exige el establecimiento de un régimen de caudales ecológicos real y científicamente validado en el eje central del río Tajo y en todos los demás ríos de la cuenca, condicionando así la explotación del trasvase Tajo-Segura a las verdaderas necesidades de la cuenca del Tajo".
El Alto Tribunal, añade la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, declara la nulidad de varios artículos de la normativa del Plan, en concreto el artículo 9 en sus apartados 1, 3, 5, 6, y 7, en relación con los apéndices 4.1, 4.2 y 4.3, así como el artículo 10.2 en lo relativo al inciso que afirma que los de caudales ecológicos en la cuenca del Tajo "no serán exigibles en el horizonte temporal del presente Plan".
Incumplimiento de la Administración
La sentencia entiende, según la Plataforma, que estos artículos suponen "el incumplimiento" de la obligación que tiene la Administración del Estado de establecer en el Plan hidrológico del Tajo un régimen de caudales ecológicos completo (con caudales máximos, mínimos y tasas de cambio) para todos los ríos de la cuenca, con carácter vinculante y para el horizonte temporal del Plan (2015-2021).
De igual manera se critica en la sentencia --añade la Plataforma-- el que no se hayan fijado caudales ecológicos expresamente en Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina, sino solamente unos caudales "legales" (6 m3/s en Aranjuez y 10 m3/s en Toledo y Talavera de la Reina), "contraviniendo" así los caudales mínimos ecológicos fijados en el Documento de Esquema de Temas Importantes aprobado por la Confederación Hidrográfica del Tajo en 2010 (10,37 m3/s en Almoguera, 10,86 m3/s en Aranjuez, 14,10 m3/s en Toledo y 15,92 m3/s en Talavera de la Reina). Dicho caudal ecológico debe establecerse, según el Tribunal, para evitar la degradación ambiental del curso de agua del río, su cauce y su ribera.
La Administración General del Estado, a través de la Confederación Hidrográfica del Tajo, deberá ahora establecer estos regímenes de caudales ecológicos en el Tajo y resto de ríos de la cuenca, conforme a la legislación vigente que "ha incumplido", advierte la Plataforma.
Piden paralizar el trasvase
El portavoz de la Plataforma en Defensa de los ríos Tajo y Alberche, Miguel Ángel Sánchez, ha afirmado este sábado que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula parcialmente el Plan Hidrológico del Tajo deja al trasvase Tajo-Segura "prácticamente liquidado".
En declaraciones a los medios tras conocer la sentencia, Sánchez ha subrayado que el hecho de que el Supremo establezca que han de fijarse caudales ecológicos en Aranjuez (Madrid), en Toledo y en Talavera de la Reina (Toledo) impide trasvasar “unos excedentes que no existen”.
El portavoz de la plataforma talaverana ha considerado que el Gobierno ha legislado "artificialmente" para mantener la derivación de estos excedentes de agua, que ahora, con la sentencia del Supremo, "deberán circular por el propio río, y si queda algo se podrá trasvasar".
También ha resaltado que la decisión del Alto Tribunal supone un "duro varapalo" para el Memorándum del Tajo ya que a pesar de que la sentencia no entra a evaluarlo, sí determina "que no se puede hacer una planificación hidrológica teniendo en cuenta primero el trasvase y luego los caudales legales para Toledo, Aranjuez y Talavera", ha apuntado.
Sánchez ha señalado que si se cumple lo que establece el Supremo en la sentencia "es imposible cumplir los caudales del Memorándum", y ha instado al Gobierno a que "paralice urgentemente el trasvase y fije unos caudales reales para los planes de cuenca de 2021".
El Gobierno "acatará" la sentencia
El Ministerio para la Transición Ecológica ha señalado en un comunicado que respeta las decisiones judiciales, y acatará la sentencia del Tribunal Supremo que anula el Plan Hidrológico del Tajo por no fijar caudales ecológicos en Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina.
El Gobierno ha destacado que trabaja "con el máximo respeto a la legalidad" y en particular a la Directiva Marco del Agua y que "se encontró" en junio con unos caudales legales fijados que "está costando deshacer".
Por ello, ha apuntado que trabaja para que las decisiones en materia de agua "se tomen en base a los caudales ecológicos. La definición de temas de importancia en la revisión de los planes hidrológicos de tercer ciclo, actualmente en tramitación, ya incluye en el caso del Tajo, la dotación de caudales ambientales.
"Esta sentencia confirma que la nueva política del agua en la que trabaja el Ministerio para la Transición Ecológica va en dirección correcta", concluye el comunicado.