España

El Supremo da el primer paso para encausar a Montero por revelar datos del novio de Ayuso

Montero podría ser la primera ministra de Hacienda en ser imputada por revelación de secretos

El Tribunal Supremo (TS) se va a pronunciar en los próximos días sobre dos querellas contra la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, que podría ser la primera ministra de Hacienda en ser imputada por revelación de secretos. En paralelo, el Alto Tribunal también tiene pendiente la admisión de la exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) pidiendo imputar el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el proceso contra el Ministerio Público por hechos relacionados con los que afectan a Montero, la difusión de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.

La querella contra la ministra de Hacienda más avanzada la ha interpuesto la Fundación Foro Libertad y Alternativa por presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 198 del Código Penal en relación con los artículos 197.2 y siguientes de infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos del artículo 417.

Pide que se interrogue a la ministra como imputada y se requiera información a la editora de elDiario.es y a la agencia Europa Press y que el Ministerio de Hacienda aporte el registro de todos los accesos digitales o telemáticos y físicos al expediente de Alberto González Amador, que ha dado lugar a la interposición de denuncia contra este particular por fraude fiscal y falsedad documental por parte de la Fiscalía de Madrid, y el listado de todas las personas que han tenido acceso al expediente.

El escrito, al que ha accedido Vozpópuli, también apunta a que se ha producido "quiebra de lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley General Tributaria", que regula el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria. "El acceso a los referidos datos personales se produjo prevaliéndose de su cargo de ministra de Hacienda; es decir, pudo tener acceso a los mismos por ostentar dicho cargo", subraya.

Montero aludió, en declaraciones grabadas en vídeo y audio sobre la 17.30 horas del martes 12 de marzo de 2024 en el Senado, a una información sobre la pareja de Díaz Ayuso que no se conocía y que a las 21.37 horas publicó elDiario.es. Se trataba del supuesto fraude que habría cometido Alberto González Amador en el cobro de comisiones en la venta de mascarillas, con el que habría pagado el piso en el que vive con la presidenta de la Comunidad de Madrid, un asunto que sólo estaba en el informe de la Agencia Tributaria (AEAT) que ésta ha remitido a la Fiscalía y en la denuncia de la Fiscalía.

Montero, además, se cuidó de precisar que carecía de más datos sobre la inspección tributaria a González Amador que lo que venía publicándose en los medios de comunicación.

En esas declaraciones, Montero instó a la presidenta regional madrileña a dar explicaciones y actuar "con absoluta transparencia respecto a si efectivamente, como se ha publicado en los medios de comunicación, está viviendo en un piso que se pagó con fraude a la Hacienda Pública y que se pagó con las comisiones respecto a las mascarillas en la peor situación de pandemia". Cuando pronunció estas palabras, ningún medio de comunicación había publicado nada.

Lo único que se había publicado cuando hizo esas declaraciones Montero desde la madrugada de ese mismo día, primero en elDiario.es y después de otros medios, es que la Fiscalía de Madrid había denunciado a Alberto González Amador por fraude fiscal y falsedad documental.

Con todo, la querella recuerda que Montero apenas ha dado explicaciones y que ha pretendido amparar su conocimiento de los hechos en lo publicado en los medios de comunicación, en lo que se perfila como su defensa si la causa prospera. El mismo argumento con el que la Fiscalía archivó el pasado 16 de abril una denuncia de un particular contra Montero por estos mismos hechos.

En la querella se acredita "-al menos de manera indiciaria a los efectos de la incoación de las diligencias previas- que ésa no pudo ser la vía de acceso a la información, porque los medios de comunicación no publicaron nada sobre comisiones -menos aún sobre comisiones por mascarillas- hasta las 21.37 del mismo día. Por tanto, la afirmación de haber obtenido esa información de los medios de comunicación lo único que probaría sería que estaría tratando de ocultar el ilícito origen de la información divulgada".

Con objeto de agotar las posibilidades de encontrar una explicación a los hechos, la parte querellante remitió una solicitud o requerimiento a la afectada para que señalara en qué medios de comunicación había visto publicado que Alberto González Amador había obtenido ingresos por comisiones en la venta de mascarillas durante la pandemia o cuál era la fuente de conocimiento de dichos hechos, advirtiendo de que el acceso no autorizado y la difusión de datos personales de un ciudadano puede ser constitutivo de delito. A día de la presentación de la querella, el pasado 25 de marzo, no había recibido respuesta.

El novio de Ayuso le reclama 40.000 euros

La Fundación Foro Libertad y Alternativa , que preside Alejo Vidal-Quadras y que tiene entre sus miembros a integrantes del Foro de Ermua, adjuntó poder especial cuando presentó la querella el 25 de marzo. Esta semana ha recaído sobre la magistrada Carmen Lamela de la Sala de Admisión. Este jueves, el Supremo ha citado a la Fundación Liberum, según ha avanzado OKdiario, para que se ratificara sobre su querella contra Montero.

La ministra de Hacienda también está citada el próximo 2 de octubre en un Juzgado de Madrid a una conciliación por los 40.000 euros que le exige el novio de Ayuso por una intromisión ilegítima en su derecho al honor y la intimidad, según ha desvelado El Confidencial. También reclama que dé una rueda de prensa en la que reconozca que sus declaraciones no eran ciertas y que se encargue de que al menos un periódico se haga eco de las mismas.

La solicitud de un acto de conciliación es el paso previo que González Amador debe dar antes de la interposición formal de la demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor e intimidad. Durante la celebración de esta comparecencia, cabe la posibilidad de que ambas partes lleguen a un acuerdo, pero Montero también puede no acudir. En ese caso, la demanda acabaría de nuevo en el Tribunal Supremo por ser aforada.

La Fundación Foro Libertad y Alternativa también ha presentado querella contra el fiscal general del Estado por los presuntos delitos de infidelidad de custodia de documentos y violación de secretos tipificados, a su vez pendiente de admisión.

Usar el aparato del Estado contra un adversario político

El 13 de marzo la Fundación Foro Libertad y Alternativa anunció que presentaría querella contra Montero y subrayó que "se habría valido de su posición para tener acceso no autorizado a datos reservados de carácter personal, habiéndolos difundido para tratar así de dañar el prestigio de la presidenta de la CAM e indirectamente minimizar las graves acusaciones de las que son objeto miembros destacados del Partido Socialista actualmente".

De confirmarse las sospechas, "estaríamos ante una actuación muy grave: la utilización del aparato del Estado al margen de la ley para perjudicar a un adversario político".

En este sentido, la querella sostiene que "la gravedad de la conducta, de acreditarse la misma, no puede ser soslayada; una administración pública que utiliza sus vastos poderes sobre el ciudadano, no para el bien público, sino para beneficiar a una determinada opción política, es una administración pública propia de regímenes totalitarios o antidemocráticos, no de una democracia. Estaríamos ante una total deslealtad hacia los principios que deben regir un régimen de libertades y la reacción del sistema de garantías debe tener la suficiente proporcionalidad y contundencia como para resultar disuasoria de este tipo de conductas que socavan gravemente nuestro Estado de Derecho y la confianza pública en la Administración".

Interés general

Sobre su legitimidad y el impacto de los hechos, la Fundación sostiene que no sería necesaria la denuncia previa del agraviado, puesto que los hechos afectan a los intereses generales, lo que, de conformidad con el propio artículo 201 del Código Penal, hace innecesaria la denuncia previa del perjudicado.

Dentro de los bienes con carácter supraindividual y a cuya protección se refiere el interés general, le parece claro que se encuentra la neutralidad u objetividad de la Administración Pública. "Una neutralidad que en su proyección en el ámbito político implica que la Administración no pueda ser utilizada para beneficiar o perjudicar a un concreto partido u opción política. Esta neutralidad es pilar básico para la equidad y justicia del sistema parlamentario y para la confianza del ciudadano en el sistema democrático y, en definitiva, para la legitimidad del sistema".

Así, subrayan que el principio de legalidad en la actuación administrativa es la base sobre la que se sustenta la confianza del ciudadano en su relación con la Administración, y que la Constitución vincula con los intereses generales la neutralidad y el sometimiento a la legalidad de la Administración Pública.

En suma, la querella plantea que cuando se produce un "acceso ilegal y/o la difusión en el ámbito del enfrentamiento político de los datos o informaciones sobre un ciudadano obtenidas ilegalmente por parte de la máxima responsable del Ministerio de Hacienda y vicepresidenta primera del Gobierno, parece evidente que, además de los intereses del individuo perjudicado, se afectan gravemente los intereses generales: se pervierte el funcionamiento de la democracia (basta con ver cómo el debate político fue alterado por los datos referidos), se quiebra la neutralidad de la Administración y se daña severamente la legitimidad del sistema y la confianza del ciudadano, tanto en relación con el propio sistema democrático, como, en concreto, en su relación con la Administración Pública".

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