El Tribunal Supremo ha ordenado reabrir la investigación a cinco sargentos del Ejército de Tierra por acoso laboral contra una compañera y al capitán que no escuchó ni defendió a la víctima de mobbing.
Tras estudiar el caso, que fue archivado por un tribunal militar de Canarias, la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo ha ordenado reabrir el caso y que un tribunal distinto al que decidió archivarlo lo investigue "hasta su terminación", incluida vista oral.
Para el Tribunal Supremo resulta claro que "la entidad y gravedad de los insultos que los denunciados utilizaban para referirse a la sargento E. y los episodios de vejación, hostigamiento y persecución sobre ella" podría tratarse de un caso de acoso laboral o profesional, dado que "entrañan una situación hostil sistemática y prolongada en el tiempo que socava la propia estima de la víctima, la denigra y daña su integridad moral".
El Supremo coincide con la Fiscalía en que el tribunal que decidió archivar el caso "dulcificó" los hechos al calificarlos de "discrepancias, contiendas, y disputas" y al declarar que este tipo de hechos forman "parte del devenir diario de la vida de todo acuartelamiento".
La sargento recibía insultos como "minion", "lesbiana", "gandula" y "comechichi"
El recurso de casación recoge el relato de los insultos, faltas de respeto y desprecios sufridos por la sargento E. quien narra ocasiones en las que sus compañeros se han burlado de ella y la han descalificado incluso delante de la tropa.
Así, la denunciante detalla varias ocasiones en las que sus compañeros le han faltado el respeto delante de la tropa llamándola "loca" y sustituyéndola al mando de unos ejercicios; cómo se dirigían a ella "con habitualidad" con términos como "minion", "lesbiana", "gandula" y "comechichi".
El capitán no dio parte al considerar los incidentes "problemas personales"
Tras uno de estos episodios, la sargento E. acudió al capitán S., quien decidió no dar parte de los incidentes por considerar que se trataban de "problemas personales".
El Tribunal Supremo advierte al tribunal de Canarias que esta conducta del capitán podría ser constitutiva de un delito según el Código Penal militar, por lo que le ordena investigarlo, así como las demás acusaciones presentadas por la sargento.