La Fiscalía ha interpuesto recursos ante tres terceros grados recientemente concedidos por Instituciones Penitenciarias a miembros de ETA. Los casos se suman a otros tres en los que la Audiencia Nacional ha ordenado el reingreso en prisión de los terroristas tras revocar el régimen firmado por el Ministerio del Interior. Las dudas sobre la legitimidad de las progresiones se sostienen, en su mayoría, en torno a las supuestas cartas de arrepentimiento firmadas por los terroristas, al considerarse que no manifiestan una petición de arrepentimiento expresa hacia las víctimas particulares de sus acciones terroristas.
Según ha podido saber Vozpópuli, la Fiscalía ha interpuesto recursos sobre siete terceros grados concedidos por Instituciones Penitenciarias a miembros de ETA: cinco en 2021 y otros dos en 2022. De esos, la Audiencia Nacional ya se ha pronunciado en cuatro. Uno lo desestimó, pero otros tres fueron favorables. Así, Unai Fano Aldasoro, Jon Crespo Ortega e Íñigo Gutiérrez Carrillo -condenados a 20, 25 y 14 años de prisión, respectivamente, por diversos delitos relacionados con el terrorismo- han tenido que regresar a la cárcel en fechas recientes, pese a que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias les concediese las progresiones de grado. A la Justicia aún le queda pronunciarse sobre tres casos más.
Fuentes jurídicas consultadas por este medio explican que cada caso es diferente, aunque tienen como denominador común que no cumplen los requisitos legales. La Audiencia Nacional pone el foco en la mayoría de casos en las cartas de arrepentimiento firmadas por los miembros de ETA antes de acceder al tercer grado, al cuestionar la validez de su solicitud de "perdón" y el reconocimiento de su actividad criminal. En el informe en el que se revelan los contactos entre el Gobierno de Pedro Sánchez con el entorno de los presos de ETA, la Guardia Civil incorporó los tres modelos de cartas rubricadas por los etarras para acceder a permisos o lograr el acercamiento a cárceles próximas al País Vasco o Navarra.
Cartas de arrepentimiento
En dichas cartas, los terroristas pedían perdón con el modelo 1: "a las víctimas que ha causado mi actividad delictiva (terrorismo) y lo lamento sinceramente"; el modelo 2: "por el daño que ha causado la actividad delictiva por la que he sido condenado (terrorismo), lo asumo, pido disculpas por ello y lo lamento sinceramente" o el modelo 3: "durante mi militancia he podido causar dolor, asumo plenamente que ha podido ser así y lo lamento sinceramente". Las autoridades judiciales consideran que no hay un arrepentimiento expreso por las consecuencias que tuvieron sus acciones sobre sus víctimas concretas, y que esos mensajes genéricos no son suficientes para acceder a los permisos.
Dicho informe incide en las conversaciones que el entorno de los presos de ETA mantuvo con el director de Instituciones Penitenciaria, Ángel Luis Ortiz, para gestionar la situación penitenciaria de los terroristas. Las progresiones de los grados o los acercamientos a cárceles próximas a sus lugares de origen se firmaron precisamente desde este órgano, dependiente del Ministerio del Interior. Su titular, Fernando Grande-Marlaska, encuadró los contactos en la gestión habitual: "Las Instituciones Penitenciarias mantienen encuentros con colectivos de distintos presos dentro de los 47.000 internos".
"No hay perdón expreso"
Sin embargo, la Guardia Civil sostiene que los tres modelos de carta forman parte de las decisiones que fue tomando el Colectivo de Presos Políticos Vascos (EPPK) para que los presos de ETA pudieran acogerse de forma individual a las medidas de reinserción. Misma valoración hace la Audiencia Nacional la cual, en sus últimos pronunciamientos sobre este tema, ha cuestionado la verdadera intención de los presos. Uno de los ejemplos más patentes se encuentra en la corrección de la Sala de lo Penal a la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria de rebajar la pena al etarra Sebastián Echaniz Alcorta.
El auto, del que fue ponente la entonces presidenta de la Sección Primera, Concepción Espejel, marcó el camino que sigue ahora la Audiencia Nacional al dejar patente que la carta que remitió para conseguir la redención era "significativamente idéntica" a las enviadas por otros presos etarras. Entonces, la magistrada -especialmente dura con el entorno de ETA- dejó patente que para lograr la redención extraordinaria de 45 días de la pena, Echaniz no formuló un "perdón expreso" a las víctimas ni a sus familias. Por ese motivo, la Audiencia corrigió el criterio de Interior y de Vigilancia Penitenciaria recordando que el etarra ha sido condenado en seis sumarios de la Audiencia Nacional.
"La concesión de redenciones extraordinarias exige que se exteriorice de la actividad, al menos, un rechazo del delito cometido, explicitando la intención de no reincidir en el mismo (...). No hay una petición de perdón expreso a las concretas víctimas de sus acciones terroristas, ni a sus familiares, ni va acompañado de abono de la responsabilidad civil", expuso entonces la Sala de lo Penal. Además, cuestionó la veracidad de los informes remitidos desde la prisión de Villabona (Asturias) en la que cumplía condena ya que basaron esta petición en una actividad que ya desarrollaba antes de solicitar la redención extraordinaria.
La petición de la AVT
La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ya manifestó sus dudas sobre la legalidad de las cartas de arrepentimiento firmadas por los terroristas: "Venimos denunciando desde septiembre de 2018 la utilización de supuestos arrepentimientos de formulario para enmascarar lo que no es otra cosa que una cesión a una reivindicación histórica de ETA". Asimismo, la AVT anunció una serie de movilizaciones contra la política penitenciaria del Gobierno sobre los presos terroristas.
La polémica también ha llegado al Congreso de los Diputados. Este mismo martes, el Partido Popular presentó una proposición de Ley Orgánica "de mejora del régimen de protección de la víctima del delito", con referencias expresas al terrorismo. Entre otros, proponía que las víctimas también pudieran presentar recursos sobre decisiones penitenciarias, opción que actualmente sólo puede tramitar la Fiscalía.