Internacional

El Gobierno tendrá que pronunciarse ante el Tribunal de Estrasburgo sobre las condenas del Supremo a los cabecillas del 'proces'

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite los recursos de nueve condenados del 'procés' contra la sentencia del Tribunal Supremo

  • Raül Romeva, Jordi Turull, Oriol Junqueras, Jordi Cuixart, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Josep Rull, tras salir de la prisión -

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite los recursos de nueve condenados del 'procés' contra la sentencia del Tribunal Supremo por la que se les impuso penas de hasta 13 años de prisión e inhabilitación por delitos de sedición y malversación. Además, se dirige al Gobierno español para pedir aclaraciones y le insta a que indique si apoya la interpretación que hizo el alto tribunal.

De esta manera, ahora es Estrasburgo quien pide a España que explique su postura antes del 12 de enero sobre si el Supremo se excedió con las condenas vinculadas al referéndum del 1-O.

Así, quiere conocer cuál es la opinión del Estado sobre la versión de los condenados, que aseveran que se vio vulnerado el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Según el requerimiento del tribunal europeo, este quiere conocer qué interpretación cree España que hizo el Supremo sobre el delito de sedición y/o malversación de fondos.

En concreto, el artículo 7 recoge que "nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional" y que contempla que tampoco podrá ser impuesta "una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida".

Estrasburgo se pregunta si han sido condenados "por un ejercicio legítimo de sus derechos a la libertad de asociación y de expresión".

Pero no se trata del único apartado del Convenio que los condenados consideran vulnerado. Según los cabecillas del 'procés', también ha ocurrido con el 10 y/o el 11, en concreto, señalan, su derecho a la libertad de expresión y de reunión. Alegna que solo alentaron a los ciudadanos "a participar en manifestaciones en defensa del proceso de independencia y a participar en un referéndum sobre la independencia de Cataluña".

Por estos hechos, Estrasburgo se pregunta si han sido condenados "por un ejercicio legítimo de sus derechos a la libertad de asociación y de expresión".

En el marco de sus recursos, algunos de los condenados también se han amparado en el artículo 5 del Convenio -relativo a la libertad y a la seguridad- al considerar que el tiempo que pasaron en prisión fue "desproporcionado". Asimismo, han hecho referencia, entre otros, al artículo 6, que contempla el derecho a un proceso equitativo. Sus quejas han llegado al TEDH después de que agotarán la vía en España cuando el Tribunal Constitucional les denegó el amparo.

Modificación de las condenas a los líderes del 'procés'

El pasado mes de febrero, el alto tribunal revisó las condenas de los nueve condenados a raíz de la reforma penal que eliminó el delito de sedición y modificó el de la malversación. Dicha revisión se limitó a las penas de inhabilitación porque las de prisión fueron indultadas por el Gobierno en 2021.

En el caso de Oriol Junqueras, el Supremo acordó mantener la pena de 13 años de inhabilitación, lo que supone que no podrá aspirar a ningún cargo público hasta 2031, al cambiarle el delito de sedición por el de desobediencia y mantenerle el de malversación.

Los líderes del 'procés' a su salida de prisión
Los líderes del 'procés' a su salida de prisiónEuropa Press

Para Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa estimó pertinente mantener las penas de inhabilitación por desobediencia y malversación descartando una rebaja de penas al mantener este último delito en su modalidad agravada, con lo que seguirán inhabilitados hasta 2030.

Por su parte, el tribunal condenó a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart por desórdenes públicos y a Carme Forcadell, Josep Rull y Joaquim Forn por desobediencia. En sus casos este cambio de delitos supuso la extinción total de sus respectivas condenas de inhabilitación. Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que el tribunal europeo ha notificado este mismo viernes su decisión

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