Opinión

Merkel, 16 años, ¿qué dirán los limitadores de mandatos?

Fue en 1951 cuando la Constitución norteamericana introdujo la enmienda 22ª por la que se limita el mandato del presidente de EEUU a dos periodos consecutivos. El presidente estadounidense es

  • La ya excanciller alemana, Angela Merkel. -

Fue en 1951 cuando la Constitución norteamericana introdujo la enmienda 22ª por la que se limita el mandato del presidente de EEUU a dos periodos consecutivos. El presidente estadounidense es el único político de su país que tienen esa limitación. El resto, congresistas, senadores, gobernadores, etc. pueden ejercer su mandato cuantas veces lo decidan los ciudadanos encargados de emitir su voto. Incluso, los miembros del Tribunal Supremo, una vez que ocupan su cargo saben que lo ejercerán vitaliciamente. La Convención Constitucional, reunida en Filadelfia en 1787 elaboró una Constitución que fue aprobada en 1789. Quedó establecida la elección del presidente por un mandato de cuatro años y reelección sin limites. Antes de la enmienda 22ª, el único presidente norteamericano reelegido varias veces fue Franklin D. Roosevelt (1932, 1936, 1940, 1944). Otros lo habían intentado pero fueron derrotados en su tercera oportunidad.

La limitación o no de mandatos ha sido un asunto de discusión desde que en EEUU se decidió la no reelección después del segundo periodo presidencial. Ha habido -y hay- defensores y detractores de una u otra posición. Tal vez haya sido el sociólogo Juan José Linz el que con más claridad ha defendido la no limitación: "(…) cabría preguntarse quién haría de la política una vocación si la oportunidad de ocupar un cargo se limitara a uno o dos mandatos. La política democrática es una actividad de aficionados, no de especialistas o tecnócratas, pero de aficionados que se convierten en profesionales en el juego político. ¿En qué medida queremos que la política sea de aficionados?".

En España no existe la limitación de mandatos. Ni la Constitución de 1978 ni ninguna ley lo contempla. Solo en algunas comunidades autónomas, siguiendo la petición de Ciudadanos, se ha legislado al respecto para impedir la reelección después de dos mandatos consecutivos. Ciudadanos fue tan exigente con la limitación del mandato presidencial que llegó a proclamar que quien quisiera su apoyo parlamentario para ser elegido presidente tenía que jurar públicamente que su mandato no se alargaría mas de ocho años. Y algún medio de comunicación nacional editorializó en ese tiempo que la exclusividad exigible a un presidente debería ir acompañada de la limitación de su mandato. Era tiempos donde la aparición de nuevos partidos incorporaba nuevas fórmulas a la política tradicional. Algunos creyeron que la limitación era más democrática y progresista.

No se entiende bien que los defensores de la limitación de mandatos no hayan puesto el grito en el cielo contra esa canciller que ha osado presentar su candidatura por cuatro veces consecutivas

Los defensores de la limitación de mandatos que, por cierto, es anticonstitucional, ya que el artículo 65,8 de la Constitución declara que son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos, solo defienden esa fórmula cuando les interesa políticamente. Nadie ha dicho nada del presidente gallego, señor Feijóo, que ha iniciado no hace mucho su cuarto mandato o de la comunidad autónoma madrileña que lleva un cuarto de siglo gobernada por el mismo partido. Nadie ha sido capaz de explicar por qué es más democrático limitar el derecho que tienen los ciudadanos a votar por aquel candidato que consideren más idóneo para gobernar una institución como la presidencia de un gobierno, que dejar que los electores decidan con su voto por quién quieren ser gobernados.

El precedente de Aznar

No sé qué estarán pensando los limitadores en estos momentos en los que Angela Merkel ha abandonado la Cancillería alemana después de haberla ocupado democráticamente durante cuatro legislaturas. El Consejo Europeo de Relaciones  Exteriores publicó la semana pasada un sondeo en el que se podía apreciar el deseo de los alemanes y de muchos otros europeos por la canciller Merkel. En ese sondeo, los españoles íbamos los segundos, detrás de los holandeses, en nuestra devoción por la primera ministra germana. No se entiende bien que los defensores de la limitación de mandatos, más demócratas que nadie, no hayan puesto el grito en el cielo contra esa canciller que ha osado presentar su candidatura por cuatro veces consecutivas, permaneciendo en el cargo durante 16 años. Aquellos que alabaron la decisión de Aznar de limitar su permanencia en la presidencia del Gobierno a dos mandatos, y que circunscribían esa limitación al espíritu democrático que la amparaba, deberían explicar ahora por qué consideran más demócrata a Aznar que a Merkel. Y, sobre todo, por qué creen ellos que los españoles, en una inmensa mayoría, no solo hubieran deseado que Merkel se hubiera presentado por quinta vez a las elecciones de su país, sino que, además, les gustaría que quien durante tantos años ha ocupado la jefatura del Gobierno en Berlín, pudiera ahora ocupar la jefatura de la Comisión de la Unión Europea en Bruselas.

Tal vez los alemanes hayan pensado, durante los años en los que Merkel ha sido elegida canciller, que la limitación de mandatos se debe aplicar a quienes pierden y no a los que ganan elecciones. Eso es lo que pasa en otros sectores como la medicina, la Universidad, la empresa. Y en el deporte. Y si no, que le pregunten a los socios del Barça.

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