Economía

Hacienda cerca a El Rubius con condenas de 170.000 euros y otras dos causas pendientes

El youtuber acumula tres derrotas judiciales y una condena a pagar 73.000 euros, pero son de sus primeros años, la punta del iceberg

  • El Rubius, en un acto promocional en Barcelona. -

Justo cuando se cumplen dos años de que El Rubius anunciara que se marchaba a Andorra y declarara que Hacienda le había tratado como si fuera un "delincuente", se empiezan a conocer las causas del Fisco contra el youtuber, que de momento están confirmado los tribunales de Justicia. Acumula tres derrotas judiciales y una condena a pagar 73.000 euros, pero son la punta del iceberg. Según ha podido saber Vozpópuli, hay un fallo en curso del que pende una condena de cerca de 170.000 euros y más causas. La cuestión es que lo que está aflorando corresponde a sus primeros años de éxito de su actividad, 2013 y 2014, que más adelante se dispara.

"Muchas personas hablan como si yo no hubiera pagado impuestos en mi vida, como si no hubiera hecho nada por mi país (mejor dicho, por uno de mis dos países), como si fuera un criminal. Llevo estos 10 años de youtuber pagando casi la mitad de lo que he ganado en impuestos. Y estoy muy contento de haberlos pagado. Lo que me molesta es que, aunque lleve desde el día uno haciendo las cosas bien y de manera legal, como, sin duda, deben de hacerse, Hacienda me haya tratado como si fuera un delincuente", trasladó en un comunicado en enero de 2021.

Cuando El Rubius anunció que se iba de España, no se conocían sus causas con Hacienda, aunque desde el Fisco se deslizaron críticas al ejemplo negativo que pueden suponer los cambios de residencia por motivos fiscales, lo que mereció una acusación directa del entonces vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias, y la propia ministra, María Jesús Montero, aludía a que "todos tenemos que contribuir".

Ahora se están conociendo y muestran que en 2021 el youtuber estaba llevando a los tribunales resoluciones en su contra del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid (TEAR), que depende de Hacienda. Aunque no tendrían por qué haber trascendido. Y se debe al estilo agresivo de sus abogados, que han decidido recurrir todos los impuestos y ejercicios cuestionados para armarse de argumentos.

Su cliente es cuestionado por tributar a través de una sociedad, por incluir los rendimientos obtenidos por las actividades realizadas por sí mismo en la declaración de una sociedad y no en la del socio persona física, lo que le consiguió una tributación inferior a la que correspondía por aplicación del valor de mercado. Es decir, la persona física no tributó por esos ingresos en el IRPF, lo que no se compensa con la cuota que corresponde a la entidad vinculada por el Impuesto sobre Sociedades.

Pero en lugar de cuestionar sólo las actas del IRPF, que darían lugar a una sentencia en la que en principio no hubiera aparecido su nombre por protección de datos, también impugna su declaración de Sociedades que le sale a devolver por haber generado bases imponibles negativas, y es ahí donde se desvela que es El Rubius de quién se trata.

Las sentencias

El TSJ de Madrid, en su sentencia de 26 de octubre de 2022, analiza la reclamación de la sociedad Snofokk S.L contra la liquidación del Impuesto sobre Sociedades de 2013, que le salió a devolver y la desestima. El fallo entiende que correspondían al socio los ingresos percibidos por la sociedad vinculada en virtud de la actividad realizada por aquél, siendo indudable que lo que vale el servicio prestado por dicha persona física es el valor del servicio facturado por la entidad a terceros. La sociedad carecía de medios personales y de estructura organizativa propia, al margen del socio, para prestar los servicios, que eran una actividad personalísima de aquel.

La sentencia no niega que se puedan realizar actividades económicas a través de una sociedad, sino que ese derecho no permite utilizar una sociedad cuyo único medio para desarrollar las actividades es su socio, pues con ello se pretende evitar la aplicación de los tipos impositivos progresivos y más elevados del IRPF frente a los del Impuesto sobre Sociedades.

Sobre la valoración de la operación vinculada, se pone de manifiesto que la Inspección consideró que disponía de un comparable interno que satisfacía todas las condiciones para hacer la comparación, siendo de aplicación el método del precio libre comparable, partiendo de los ingresos facturados por la sociedad Snofokk S.L. derivados de los servicios prestados por el socio.

Por lo tanto, correspondían al socio los ingresos percibidos por la sociedad vinculada en virtud de la actividad realizada por aquél, y lo que vale el servicio prestado por dicha persona física es el valor del servicio facturado por la entidad a terceros. Del importe percibido por la sociedad deben deducirse los gastos en que incurrió para su obtención, debiendo ser imputada la cantidad resultante al socio persona física para que tribute por el IRPF.

Esta sentencia se corresponde con otra del TSJ de Madrid del 22 de noviembre de 2022 que condena a El Rubius a pagar 49.629 euros en concepto del IRPF de 2023 y 23.140 euros como sanción.

A esto se añade un tercer fallo del TSJ de Madrid, de 3 de noviembre de 2022, ya sobre 2014, en concreto sobre el Impuesto sobre Sociedades, de nuevo una impugnación de la sociedad sobre una liquidación que le salía a devover, en este caso, de 48.044 euros.

Esta sentencia se sigue de un caso con más cuota que el de Sociedades de 2013 y se relaciona con otra del IRPF de 2014, que fuentes jurídicas consultadas sitúan por encima de 150.000 euros, de más de 170.000 euros, y por este motivo en vez de dirimirse en el TSJ de Madrid corresponde a la Audiencia Nacional. Esta última acumula más retrasos que el TSJ y todavía no se conoce el fallo. A continuación, se sitúan los ejercicios 2015 y 2016 y siguientes.

El trato de Hacienda

Estos fallos del TSJ de Madrid pueden recurrirse pero no tienen posibilidad de prosperar, ya que el Tribunal Supremo los inadmitiría por carecer de interés casacional objetivo al ya haber jurisprudencia y basarse en cuestiones de hecho, no jurídicas.

El youtuber desveló en enero de 2021 además que ha sido sometido a inspecciones fiscales y le han puesto sanciones por no atender a "requerimientos que nunca llegaron", e incluso un técnico de Hacienda cargó contra él: "Un destacado técnico de Hacienda se ha pronunciado estos días en los medios de comunicación manifestando, entre otras cosas, que El Rubius ha mostrado sin tapujos ni complejos una tremenda insolidaridad".

"Estos días me he hartado de leer declaraciones por parte de altos funcionarios del Estado (que han aprovechado esta polémica para hacer pedagogía fiscal en los medios) en las que insinúan que es probable que haga chanchullos en un futuro al mudarme a Andorra como parece ser que hicieron otras personas en el pasado", ha trasladado, y ha ironizado sobre si su marcha a Andorra es ilegal, cuestionando si mudarse a otro país sería delito.

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