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BEPS: la Unión Europea, alumno aventajado

El cambio ya está aquí, pero no ha hecho más que empezar. Desde que en el año 2013 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) lanzó su

  • BEPS: la Unión Europea, alumno aventajado

El cambio ya está aquí, pero no ha hecho más que empezar. Desde que en el año 2013 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) lanzó su proyecto  BEPS, los avances se están produciendo con una rapidez inusitada en comparación con la velocidad a la que, normalmente, se desarrollan otros acuerdos internacionales. En cuestión de meses, se están llevando a cabo sucesivas modificaciones de normas en muchos países al hilo de estos acuerdos, gracias al consenso internacional que se ha logrado para conseguir  una implementación de los mismos en un tiempo muy corto , y no en varios años como ocurría en el pasado con los instrumentos clásicos de la fiscalidad internacional.

Base Erosion and Profit Shifting, proyecto estrella de la OCDE para dar respuesta a la creciente preocupación por ciertas prácticas fiscales que se consideraban abusivas y que erosionaban las bases imponibles nació con un objetivo claro: poner fin a las lagunas existentes en la fiscalidad internacional, que hacen posible que se trasladen de forma artificial los beneficios a destinos de baja o nula tributación, en vez de tributar en los países donde se ha generado dicha actividad. En definitiva, BEPS busca desarrollar una visión más amplia de la fiscalidad, que entiende que las compañías tienen la obligación  de contribuir en los países en los que se genera valor.

"En este escenario, Europa ha acompañado durante todo el proceso pero desde un segundo plano hasta que ha decidido actuar y lo ha hecho de forma contundente, llevando a la práctica los principios de la OCDE en el conjunto de la Unión Europea", afirma Carolina del Campo, socia de Fiscalidad Internacional de KPMG Abogados. Para ello, añade, "ha puesto en marcha una serie de propuestas de Directiva paralelas, destinadas a señalar el camino a seguir a los Estados miembro, algunos de los cuales, entre ellos España, ya habían avanzado de forma sustancial en la adaptación de su legislación al nuevo escenario".

BEPS busca desarrollar una visión más amplia de la fiscalidad, que entiende que las compañías tienen la obligación de contribuir en los países en los que se genera valor".

Aunque la aplicación de las Directivas de la UE sobre las normas nacionales afectará, en general, en forma de matices, algunos de ellos son de suma importancia. A continuación, las propuestas más destacadas.

Uno de los cambios más destacados es el relacionado con la presentación de informes país por país (country by country reporting), que obliga a las multinacionales a presentar la información fiscal y financiera desglosada por países a las autoridades fiscales pertinentes, facilitando de este modo una visión global de su actividad. La propuesta de Directiva de la Comisión Europea al respecto, de nuevo, va más allá, y plantea que esta información forme parte del informe financiero, con algún matiz, de las cuentas anuales. Es decir, opta por la  transparencia ya que al proponer su incorporación a los estados financieros, promueve que dicha información sea de dominio público. Este aspecto, que preocupa a las empresas, es uno de los más homogéneos y de aplicación más sencilla en todas las administraciones, tanto de la Unión Europea como del resto del mundo, ya que ha sido la recomendación con un apoyo político más fuerte y desgranada más a fondo por parte de la OCDE.

En opinión de Montserrat Trapé, socia responsable del Área de Precios de Transferencia y Tributación Internacional de KPMG Abogados, "con una decisión como la anterior, la Comisión Europea está maximizando las posibilidades de cambios legislativos en Europa, ya que se trata de una Directiva contable que no necesita de unanimidad, sino de mayoría cualificada, para su aprobación".

A su vez, hay una preocupación de que la nueva fiscalidad no incremente supuestos de fricción entre las autoridades fiscales, y por ello, supuestos de doble imposición. Al respecto, una de las propuestas de Directiva de la Comisión Europea más relevantes es aquella referente a la Acción 14 del Plan de Acción de BEPS, la cual atiende a uno de los riesgos más importantes del nuevo panorama: la ya mencionada doble imposición. Dicha Propuesta de Directiva supone un cambio llamativo en relación a las normas existentes que tienen menos fuerza que la Propuesta planteada. Con el nuevo marco propuesto existirán garantías de eliminación de la doble imposición cuando surjan conflictos entre las Administraciones, lo cual es sin duda, una muy buena noticia para las empresas, que va mucho más allá de lo planteado por la Acción 14 de la OCDE. Una muestra clara de que la Unión Europea ha abordado muy en serio la adaptación de BEPS a las normas comunitarias.

Base imponible común

Igualmente ha renacido la Propuesta sobre la base imponible común en Europa que ha tenido varios vaivenes en los últimos 15 años. Sin ser consecuencia directa de BEPS, sí que puede tener un muy importante impacto para los grupos europeos, y supone otro ejemplo, y uno de los mejores, de que a pesar de haber actuado más tarde, la Unión Europea llega pisando fuerte. Hasta este momento, la propia definición de base imponible de las normas de los diferentes países permite un nivel de tributación distinto. Para corregir esta situación, se ha planteado la definición única y coordinada  del concepto de base imponible en todos los países de la UE para evitar una posible evasión fiscal. A pesar de que este sistema no va a resolver las situaciones de desajustes entre la UE y el resto del mundo, sí que lo hace dentro del mercado común. Por ello, las compañías con inversiones en diferentes países de la Unión han de prepararse y anticiparse a los impactos que, previsiblemente, van a producirse.

Se trata solo de algunos ejemplos del gran cambio que ya está aquí y de las modificaciones que se avecinan. Se abre un periodo de incertidumbre, de unos dos o tres años, en el que la implantación de las Directivas europeas en los países que llevan tiempo adaptando sus normas a BEPS, como es el caso de España, está por definir. Todo ello, en pos de un sistema que, si bien se verá endurecido, traerá consigo igualmente multitud de soluciones para las empresas que asuman de forma responsable la fiscalidad.

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