El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga ha condenado a dos años de cárcel a un padre por la muerte de su hijo de cuatro años en un accidente de tráfico, al considerar probado que el hombre conducía a más de 120 kilómetros por hora y que no había anclado la silla de seguridad donde iba el niño al asiento ni abrochado el arnés de seguridad.
Según la sentencia, dictada con la conformidad expresada por el acusado, este hombre conducía su vehículo, en febrero de 2017, a una velocidad de "entre 120 y 130 kilómetros por hora" por la autovía en el término municipal de Málaga, mientras que el límite reglamentario en dicha vía se situaba en los 80 kilómetros por hora.
En un momento dado, señala la resolución, se distrajo y se desplazó "inadvertidamente" hacia el carril central. Al circular a dicha velocidad y tras recuperar la atención en la circulación, señala la resolución, se dio cuenta de que por ese carril iba otro vehículo "con el que de manera inminente podía colisionar por alcance".
Ante esto, efectuó un giro "brusco" a las izquierda para evitar el choque, aunque perdió el control del vehículo y "fue a colisionar contra la mediana", tras lo que el coche dio seis vuelcos completos. En el último de ellos, el niño de cuatro años que iba en el asiento trasero, salió despedido y falleció en el acto tras golpear en el suelo, según se estima probado.
El niño, dice la resolución, iba sentado sobre una silla de seguridad infantil que "el acusado, omitiendo los más elementales deberes de cuidado que como padre y responsable del vehículo le incumbían, no había anclado al asiento ni había abrochado el arnés de seguridad". La sentencia es firme ya que se dictó tras mostrarse el acusado de acuerdo con los hechos de los que era acusado.
Delito de homicidio
Por estos hechos, se le condena por un delito de homicidio por imprudencia grave a dos años de prisión y se le impone la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de tres años, lo que conllevará la pérdida de vigencia del permiso de conducir.
También deberá indemnizar a la madre del menor fallecido con unos 72.000 euros y a los dos hermanos del niño con 20.050 euros a cada uno; cantidades de las que es responsable civil directo la aseguradora.
No obstante, se acuerda la suspensión de la pena de prisión durante un plazo de cinco años, lo que se condiciona a que el hombre no delinca; así como al abono de la responsabilidad civil a la que ha sido condenado en la cantidad total de 113.307,42 euros.